Boletín nº 115 (17-06-2016)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 1.949/2016

Habiendo sido aprobada por la Junta de Gobierno con fecha de 13 de mayo de 2016 la Convocatoria para la creación de un Banco de Recursos Provincial de Sensibilización y Educación para el Desarrollo, se procede a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con el literal que sigue:

CONVOCATORIA PARA LA CREACIÓN DE UN BANCO DE RECURSOS PROVINCIAL DE SENSIBILIZACIÓN Y EDUCACIÓN PARA EL DESARROLLO

Base primera . Propuestas, objeto de la convocatoria. Modalidades

La presente convocatoria está abierta a propuestas de sensibilización y educación para el desarrollo cualquiera que sea su contenido y formato (talleres, unidades didácticas, exposiciones, videos, módulos temáticos, juegos& etc.) para ser incluidas en un Banco de Recursos de Sensibilización y Educación para el Desarrollo. Este banco conformado por las propuestas aprobadas aparecerá en los espacios de la Web de la Diputación Provincial dedicados a este fin, con una vigencia de tres años.

Se establecen dos modalidades. Una primera para las propuestas que no tienen coste económico de utilización. La segunda modalidad está para propuestas cuya aplicación y puesta en practica tiene coste económico.

Base segunda. Requisitos de los solicitantes

Para poder presentar propuestas a la presente convocatoria, las organizaciones habrán de reunir los siguientes requisitos:

a. Estar legalmente constituidas a fecha de publicación de esta convocatoria.

b. Tener capacidad jurídica y de obrar en España y tener su sede o delegación en la provincia de Córdoba.

c. Carecer de ánimo de lucro.

No se establece limitación del número de propuestas que puede presentar cada organización.

Base tercera. Forma y plazo de presentación de las propuestas

Las solicitudes, firmadas electrónicamente, se presentarán de manera exclusiva a través del Registro Electrónico de la Diputación de Córdoba, en los términos que expone el artículo 7 del Reglamento del Registro Electrónico (http://www.dipucordoba.es/tramites/sobre_la_sede_electronica/doc/12944).

El mencionado Registro Electrónico proporcionará documento de acuse de recibo de la transacción realizada en los términos que refleja el artículo 6 del mismo Reglamento citado.

La solicitud se realizará a través del correspondiente formulario electrónico. Este formulario estará disponible en la sede electrónica de la Diputación de Córdoba (http://www.dipucordoba.es/tramites).

Con el fin de asegurar la identidad del peticionario, para acceder a la aplicación informática se requerirá estar en posesión del documento nacional de identidad electrónico (DNIe) o certificado digital reconocido de persona física o jurídica, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre de firma electrónica.

La información sobre los requisitos y medios para obtener el certificado digital de usuario estará disponible en la Sede electrónica de la Diputación de Córdoba (http://www.dipucordoba.es/tramites).

El plazo de presentación de solicitudes será de tres meses contado desde las 0:00:00 horas del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de la presente convocatoria. Terminará a las 23:59:59 del día del cumplimiento del plazo.

Base cuarta. Documentación que ha de presentarse

La documentación que a continuación se señala se presentará en la forma electrónica establecida al efecto, adjuntándose en formato PDF.

a. Solicitud electrónica de tomar parte en la convocatoria dirigida al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Córdoba y firmada por la persona que tenga la representación legal de la organización.

b. Ficha autorrellenable de Propuesta de Sensibilización y Educación para el Desarrollo incluida en el tramitador. El modelo de ficha de propuesta, disponible electrónicamente, debe contener necesariamente información relativa a: título de la actividad, descripción de la misma e indicación de ser de uso libre o, en caso, presupuesto de coste de su puesta en práctica e información de contacto para su uso. Se habilitará, asimismo, espacio para la inclusión de archivos pdf, y en el caso de fotografías, vídeos etc; se utilizarán recursos multimedia tales como flickr, picasa, you tube (opción vídeo visible) o cualquier otro tipo adjuntando URL correspondiente.

c. Certificado del secretario de la organización indicando a quien le corresponde la representación legal.

d. Copia de documento que acredite estar inscrita en el registro público competente.

e. Para quienes no tengan la sede en Córdoba, documento acreditativo o certificado de tener delegación activa en Córdoba, con indicación de la dirección, teléfono y correo electrónico a efecto de notificaciones.

Por lo que respecta a los documentos c a e será suficiente la declaración del representante legal, a través del dispositivo establecido al efecto en el tramitador electrónico, de haberlos presentado en esta diputación provincial en el plazo de cinco años.

La Oficina de Cooperación Internacional publicará en el tablón de anuncios electrónico y complementariamente en la página web del Departamento de Cooperación al Desarrollo de la Diputación de Córdoba la relación de los solicitantes indicando la documentación no aportada o los defectos que contenga para que la aporte en el plazo máximo e improrrogable de 10 días naturales, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Ello habrá de realizarse a través de la aplicación informática que al efecto se establezca.

La utilización del Tablón de Anuncios Electrónico será el medio exclusivo de notificación de instrucción del procedimiento. El tablón está disponible en la Sede electrónica de la Diputación de Córdoba (http://www.dipucordoba.es/tramites).

Base quinta. Criterios objetivos para valorar las propuestas

Las propuestas presentadas serán valoradas por la Oficina de Cooperación Internacional con arreglo a los siguientes criterios.

a) Originalidad e innovación creativa de la propuesta.

b) Trayectoria profesional y/o de formación de la ongd o para llevar a cabo este tipo de actividades.

c) La idoneidad de la propuesta presentada para su programación, exclusivamente en el ámbito de solidaridad, en los distintos espacios de la provincia.

d) Valores aportados por la actividad.

e) Coste económico.

Sobre la base de esto, la Comisión de valoración prevista en la base siguiente aprobará o rechazará la propuesta. La exclusión debe estar motivada en que la propuesta es técnicamente deficiente o en que no entra en el objeto de la presente convocatoria. La Comisión podrá también aprobar condicionalmente la propuesta, concediendo un plazo de 15 días para su cumplimiento, así como sugerir cambios o incorporaciones.

Base sexta. Comisión de valoración y de seguimiento

La instrucción de la convocatoria será realizada por la Oficina de Cooperación Internacional. Por su parte, la propuesta de resolución será realizada por una Comisión que tomará sus decisiones por aplicación del voto ponderado en función de la representación plenaria, cuya composición será la siguiente:

" El Presidente de la Diputación de Córdoba, o diputado/a en quien delegue.

" Un diputado/a representante de cada uno de los grupos políticos de la Corporación.

" El personal técnico del Departamento de Cooperación Internacional de la Excma. Diputación de Córdoba, con voz y sin voto, y que ejercerá la secretaría de la comisión.

Además, esta Comisión será la encargada de conocer el seguimiento del Banco de Recursos durante su vigencia y de resolver las cuestiones que ello plantee (modificaciones, nuevas solicitudes de inclusión, etc).

Base séptima. Resolución de la convocatoria y aceptación del beneficiario

1. La propuesta provisional de resolución, que habrá de ser motivada, hará constar la relación de propuestas aprobadas y rechazadas. La referida resolución se publicará en el tablón de anuncios electrónico de esta Excma. Diputación a efecto de que los interesados puedan formular las alegaciones que estimen pertinentes, a través de la aplicación informática establecida, al efecto en el plazo de diez días naturales de acuerdo con el artículo 84.2 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico.

2. Transcurrido este plazo, la propuesta será aprobada por Decreto del Sr. Presidente de esta Diputación Provincial

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