Boletín nº 120 (24-06-2016)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 4
Córdoba

Nº. 2.116/2016

Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 166/2016. Negociado: MP

De: Doña Elisa Isabel Ureña Arrabal

Abogado: Don Francisco Ruiz Doblado

Contra: Taberna El Limonero S.L.

 

DOÑA MARIBEL ESPÍNOLA PULIDO, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE CÓRDOBA, HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 166/2016, a instancia de la parte actora doña Elisa Isabel Ureña Arrabal contra Taberna El Limonero S.L., sobre Procedimiento Ordinario, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Fallo

Estimando la demanda formulada por doña Elisa Isabel Ureña Arrabal contra la empresa Taberna El Limonero, S.L., debiendo declarar y declarando que la extinción de la relación laboral llevada a cabo con efectos del 13/1/2016 tiene la consideración de un despido improcedente  y, en consecuencia, condeno a la empresa a que dentro del legalmente establecido para ello cinco días desde la notificación de esta sentencia y sin esperar firmeza opte entre la readmisión de forma inmediata en su puesto de trabajo y en las mismas condiciones que estaban vigentes en aquel momento o por la extinción del contrato de trabajo con la consiguiente indemnización, que ascenderá a la cuantía  de 4.088,29 euros.

Procederá la readmisión en caso de así manifestarlo expresamente o de no ejercitar la opción antedicha en el término legal, debiendo en estos casos abonar los salarios de tramitación devengados desde el día siguiente a la fecha del despido -el 14/1/2016- hasta la fecha de notificación de esta sentencia o hasta el día en que el demandante hubiera encontrado empleo efectivo, caso de ocurrir antes, a razón del salario módulo diario de 45,05 euros-día.

Todo ello con las costas de este juicio en los términos indicados en el FD 5º de esta Sentencia.

Y para que sirva de notificación a la demandada Taberna El Limonero S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 3 de junio de 2016. Firmado electrónicamente por la Letrada de la Administración de Justicia, Maribel Espínola Pulido.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad