Boletín nº 128 (06-07-2016)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Benamejí

Nº. 2.273/2016

En cumplimiento de lo dispuesto del artículo 169.1 por remisión del artículo 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones o reclamaciones durante el plazo de exposición pública, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial adoptado en la sesión plenaria de 29 de abril de 2016, de modificación de presupuesto número 4/2016 mediante la modalidad de de concesión de créditos extraordinarios y cuyo resumen es el siguiente:

A) Nuevas partidas presupuestarias a las que se asigna crédito:

Clas. Fijn.

Clas. econ.

Denominación de las Clasificaciones

Importe

912

624.00

Órganos de Gobierno-Vehículos Automóviles

15.500.00

338

625.00

Caseta Municipal-Mobiliario

  2.902.19

333

625.00

Museos-Mobiliario

  4.849.63

TOTAL

23.251,82

B) Medios o recursos que las financian: Baja por anulación de los siguientes créditos:

Grup. de Prog

Clas. Econ.

Denominación de las Clasificaciones

Importe

338

226.11

Feria y Fiestas

23.251,82

TOTAL

23.251,82

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por si sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

Benamejí a 16 de junio de 2016. Firmado electrónicamente: La Alcaldesa, Carmen Lara Estepa.

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