Boletín nº 134 (14-07-2016)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 4
Córdoba

Nº. 2.395/2016

Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba

Procedimiento: Autos 778/13. Ejecución nº 128/2014. Negociado: A

Ejecutante: Dª María Carmen Corpas Pérez

Ejecutadas: Fernojosa S.L., Logística y Suministros de Obra Civil S.L., Canalizaciones y Viales Andaluces S.L. y Actividades y Cauces del Sur S.A.

 

DOÑA MARIBEL ESPÍNOLA PULIDO, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE CÓRDOBA, HACE SABER:

Que en los autos de Ejecución seguidos en este Juzgado bajo el número 128/2014, a instancia de la parte actora Dª. María Carmen Corpas Pérez contra Fernojosa S.L., Logística y Suministros de Obra Civil S.L., Canalizaciones y Viales Andaluces S.L. y Actividades y Cauces del Sur S.A, se ha dictado Diligencia de Ordenación de fecha 27-4-16 del tenor literal siguiente:

Diligencia de Ordenación de la Letrada de la Administración de Justicia Sra. Dª Maribel Espínola Pulido. En Córdoba, a 27 de junio de 2016.

Dada cuenta;  solicitada por la parte ejecutante tasación de costas y liquidación de los intereses que le son debidos, acuerdo:

Conferir traslado,  conforme a lo establecido en el artículo 244 de la Ley de Enjuiciamiento Civil,  a las partes  por plazo común de los diez días  hábiles siguientes al de su notificación, a fin de que, si les conviniere, puedan impugnar la Tasación de Costas practicada por importe de 883,84 euros, conforme a lo dispuesto en los artículos 245 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, advirtiendo a las partes que una vez acordado dicho traslado no se admitirá la inclusión o adición de partida alguna, reservando al interesado su derecho para reclamarla de quien y como corresponda.

De conformidad con lo previsto en el artículo 713 de la L.E.Civil, dése traslado igualmente a la parte demandada de la propuesta de intereses presentada por la actora, por importe de 1.584,61 euros,  para que, en el plazo de diez días, conteste lo que estime conveniente.

Adviértase a la parte demandada del contenido del artículo 714 que dispone que si el deudor se conforma con la relación de los daños y perjuicios y su importe, la aprobará el Secretario judicial responsable de la ejecución mediante decreto, y se procederá a hacer efectiva la suma convenida en la forma establecida en los artículos 571 y siguientes para la ejecución dineraria.  Se entenderá que el deudor presta su conformidad a los hechos alegados por el ejecutante si deja pasar el plazo de diez días sin evacuar el traslado o se limita a negar genéricamente la existencia de daños y perjuicios, sin concretar los puntos en que discrepa de la relación presentada por el acreedor, ni expresar las razones y el alcance de la discrepancia.

Modo de impugnación: Mediante Recurso de Reposición a interponer en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación ante el/la Letrado/a de la Administración de Justicia que dicta esta resolución con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma.

La Letrada de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Fernojosa S.L., Logística y Suministros de Obra Civil S.L., Canalizaciones y Viales Andaluces S.L. y Actividades y Cauces del Sur S.A., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 27 de junio de 2016. Firmado electrónicamente: La Letrada de la Administración de Justicia, Maribel Espínola Pulido.

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