Boletín nº 136 (18-07-2016)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Fuente Tójar
Nº. 2.458/2016
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial del Ayuntamiento de Fuente-Tójar, adoptado en fecha 19 de abril de 2016, sobre transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, expediente núm. 2/2016, que se hace público resumido por capítulos:
PRESUPUESTO DE GASTOS
Altas en aplicaciones de gastos
Aplicación Presupuestaria |
Descripción |
Euros |
|
1532 |
619.02 |
Reurbanización del Barrio Bajo |
166.824,65 |
1532 |
619.04 |
Mejora de accesos y espacios públicos de instalaciones deportivas municipales |
38.625,78 |
TOTAL GASTOS |
205.450,43 |
Bajas en aplicaciones de gastos
Aplicación Presupuestaria |
Descripción |
Euros |
|
1532 |
619.01 |
Reforma saneamiento y pavimentación calle Trascortijos |
163.292,77 |
4312 |
639.00 |
Rehabilitación edificio Plaza de Abastos |
42.157,66 |
TOTAL GASTOS |
205.450,43 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Fuente-Tójar, a 5 de julio de 2016. Firmado electrónicamente: La Alcaldesa, María Fermina Muñoz Bermúdez.