Boletín nº 136 (18-07-2016)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Villa del Río
Nº. 2.567/2016
No habiéndose presentado reclamaciones en el Expediente de modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Prestación del Servicio de Piscina, Instalaciones Deportivas Municipales y otras Actividades Deportivas (publicado inicialmente en el B.O.P. de 6 de junio de 2016 y modificado por el Pleno de 31 de mayo de 2016), queda elevada a definitiva dicha modificación provisional, de conformidad con lo establecido en el artículo 17.3 del R.D. Legislativo 2/2004, por lo que a continuación se inserta el texto íntegro de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.4 de la citada norma.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE PISCINA, INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES Y OTRAS ACTIVIDADES DEPORTIVAS
Artículo 4º. Cuota tributaria
4.1. La cuantía de la tasa por utilización de la Piscina Municipal, regulada en esta Ordenanza, será la fijada en las tarifas que a continuación se indican:
Concepto |
Euros |
- Alquiler de 1 hora al día ocupando 1 calle, para actividades con ánimo de lucro, (con un máximo de 15 personas por calle) |
20 |
- Inscripción curso de natación terapéutica, 5 días a la semana, cuota mensual |
45 |
La anterior modificación de la Ordenanza Fiscal entra en vigor y será de aplicación a partir de su publicación en el B.O.P.
Villa del Río a 12 de julio de 2016. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Emilio Monterroso Carrillo.