Boletín nº 137 (19-07-2016)
IV. Junta de Andalucia
Consejería de
Empleo, Empresa y Comercio
Delegación territorial de Córdoba
Nº. 1.209/2016
RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL EN CÓRDOBA DE LA CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y COMERCIO, POR LA QUE SE INSCRIBE EN EL REGISTRO DE INSTALACIONES DE ALTA TENSIÓN EL CAMBIO DE TITULARIDAD DE INSTALACION ELÉCTRICAS DE ALTA TENSIÓN.
Expte A.T. 101/01 BIS
Antecedentes:
Don Alfredo Rodríguez González, en nombre y representación de Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U., con NIF: B-82846817, con domicilio en Ctra. del Aeropuerto, Km. 2.100, 14005 Córdoba, presenta en esta Delegación Territorial, con fecha 19/11/2015, la solicitud de cambio de titularidad junto con la documentación correspondiente acreditativa de la misma, de las instalaciones recogidas en el expediente antes citado y cuyas características se indican a continuación:
Titular anterior: Don Francisco Arrebola Pérez, con NIF 30433304A, en nombre y representación de SAT Hornerico, con domicilio en C/ Henares, 1-1-C, en 14850 Baena (Córdoba).
Emplazamiento: Finca Hornerico, T.m. Baena.
Instalaciones: Línea aérea a 15 kV de tensión, de 1.133 m de longitud (de un total de 1.193 m. de la totalidad de la línea MT).
Fundamentos de Derecho
Primero: Esta Delegación Territorial es competente para la tramitación y resolución del presente expediente, según lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 29 de diciembre, del Sector Eléctrico y el Reglamento actualmente de aplicación, aprobado mediante el Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministros y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; en relación con el Real Decreto 4.164/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de competencias a la Junta de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas; artículo 49 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía; Decreto de la Presidenta 12/2015, de 17 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de las Consejerías; Decreto 210/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio; Decreto 304/2015, de 28 de Julio, por el que modifica el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 163/2013, de 8 de octubre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, así como en la Resolución de 23 de febrero de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan determinadas competencias en materia de instalaciones eléctricas.
Segundo: Artículo 133 del Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y la Instrucción de 27 de marzo de 2001, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, sobre notas aclaratorias para la Autorización Administrativa de instalaciones de producción de transporte, distribución y suministro eléctrico.
Tercero: Por asesor técnico perteneciente al Departamento de Energía de esta Delegación Territorial, ha sido emitido informe favorable, referente al cambio de titularidad de las instalaciones descritas.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general ampliación, el Servicio de Industria, Energía y Minas de esta Delegación Territorial, propone:
Autorizar el cambio de titularidad solicitado, quedando las instalaciones descritas anteriormente, desde esta fecha registradas a nombre de Endesa Distribución Eléctrica, SLU, con NIF: B-82846817 con domicilio en Ctra. del Aeropuerto, Km. 2,100 en 14005 Córdoba, y expediente AT 101/01 BIS.
Propuesto:
El Jefe de Servicio de Industria, Energía y Minas, Fdo. M. Ángel López Rodríguez.
Vista la anterior Propuesta de Resolución, esta Delegación Territorial resuelve elevarla a definitiva:
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse Recurso de Alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo, Empresa y Comercio en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de este acto, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Resuelve:
Córdoba, a 5 de abril de 2016. Firmado electrónicamente por el Delegado Territorial, Manuel Carmona Jiménez.