Boletín nº 138 (20-07-2016)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 3
Córdoba
Nº. 2.488/2016
Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba
Procedim.: Procedimiento Ordinario 237/2016. Negociado: V
De: D. Manuel Rubio Lozano
Abogado: D. Enrique Gabriel Paredes Cerezo
Contra: FOGASA y Lualca 2009 S.L.
DOÑA MARINA MELÉNDEZ-VALDÉS MUÑOZ, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE CÓRDOBA, HACE SABER:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 237/2016, a instancia de la parte actora D. Manuel Rubio Lozano contra FOGASA y Lualca 2009 S.L., sobre Procedimiento Ordinario, se ha dictado Sentencia de fecha 13 de junio de 2016 cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
Que estimando la demanda formulada por D. Manuel Rubio Lozano, contra la empresa Lualca 2009 S.L., debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone al actor la suma de mil cuatrocientos diez euros con cincuenta y seis céntimos (1.410,56 €) en concepto de principal, más 141,06 € en concepto de interés de demora, y las costas en los términos indicados en el FD 4º de esta resolución.
El FOGASA responderá de los conceptos, supuestos y límites legalmente previstos.
Notifíquese esta Sentencia en legal forma a las partes, haciéndoles saber que siendo la cuantía litigiosa inferior a 3.000 euros, contra la misma no cabe recurso.
Así por esta mi Sentencia, cuyo original se archivará en el Libro de Sentencias, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación a la demandada Lualca 2009 S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 13 de junio de 2016. Firmado electrónicamente por la Letrada de la Administración de Justicia, Marina Meléndez-Valdés Muñoz.