Boletín nº 142 (26-07-2016)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Monturque

Nº. 2.556/2016

Anuncio de aprobación definitiva

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo Plenario inicial, de fecha 21/04/2016, aprobatorio de la derogación de la Ordenanza municipal reguladora de los vertidos de aguas residuales a la red de saneamiento, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

«7) APROBAR, SI PROCEDE, DEROGACIÓN DE ORDENANZA MUNICIPAL DE VERTIDOS DE AGUAS RESIDUALES A LA RED DE SANEAMIENTO.

La Corporación, de acuerdo con la Propuesta de la Alcaldía, por siete votos a favor y la abstención de los dos concejales del Grupo Municipal Popular, acuerda:

Primero. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, se acuerda con carácter provisional, derogar la Ordenanza Municipal de Vertidos de Aguas Residuales a la Red de Saneamiento, publicada en el B.O.P. nº 56, de fecha 27/03/2008.

Segundo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 b) de la citada Ley, el presente acuerdo provisional se expondrá al público en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, y se anunciará en el Boletín Oficial de la Provincia, durante el plazo de treinta días hábiles, a fin de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Tercero. Transcurrido el plazo anterior, y no habiéndose presentado reclamaciones, se elevará a definitivo de conformidad con lo establecido en el artículo 49 c) de la Ley citada.

Cuarto. Este acuerdo de aprobación definitiva se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y entrarán en vigor el mismo día de su publicación y surtirán efecto a partir del día 31 de diciembre del año 2016.

Quinto. Contra el acuerdo definitivo de derogación de la Ordenanza los interesados podrán interponer Recurso Contencioso-Administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación del mismo en el Boletín Oficial de la Provincia.

Contra el presente Acuerdo, se interpondrá Recurso Contencioso-Administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Monturque, a 30 de junio de 2016. La Alcaldesa, Fdo. Teresa Romero Pérez.

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