Boletín nº 143 (27-07-2016)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Bujalance
Nº. 2.719/2016
Corrección de errores
Advertido error material en el anuncio publicado con fecha 13 de mayo de 2016 en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba nº 90 (pág. 1.888), relativo a la aprobación definitiva del Reglamento correspondiente a las Bases reguladoras para la concesión de Subvenciones destinadas a la creación de nuevas Empresas o Negocios del Municipio de Bujalance y Morente, se procede a efectuar la oportuna corrección de conformidad con el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
" Donde dice: Artículo 4. ...//... La subvención deberá ser solicitada antes del inicio de la actividad y durante la anualidad del año en curso de cada ejercicio presupuestario...//...
" Debe decir: Artículo 4. ...//... La subvención deberá ser solicitada antes del inicio de la actividad y durante la anualidad del año en curso de cada ejercicio presupuestario, con la única excepción de aquellas empresas que hayan iniciado su actividad en el ejercicio 2016 con anterioridad a la publicación de este Reglamento de Bases que podrán solicitarla...//...
Lo que se hace público para general conocimiento, quedando de esta forma subsanado dicho error.
Bujalance, a 19 de julio de 2016. Firmado electrónicamente: La Alcaldesa, Elena Alba Castro.