Boletín nº 145 (29-07-2016)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Villaviciosa de Córdoba
Nº. 2.609/2016
Don Rafael Rivas Cabello, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Villaviciosa de Córdoba, hace saber:
Que el Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 22 de febrero de 2016 adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo cuya redacción literal se transcribe a continuación en cumplimiento de lo establecido en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985:
PUNTO QUINTO. APROBAR SI PROCEDE, LA DEDICACIÓN EXCLUSIVA DE CONCEJAL DEL AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE CÓRDOBA.
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Así a la vista de los informes de Secretaría e Intervención que obran en el expediente, por el que se declara la existencia de suficiente consignación presupuestaria para proceder al pago de las retribuciones determinadas y realizada la tramitación legalmente establecida, la Corporación adoptó por cinco (5) votos a favor correspondientes a los señores concejales del PSOE, por la abstención de la Sra. concejal Dª Ana María Casas Nieto, y cuatro (4) votos en contra correspondientes a los señores concejales del P.P. los siguientes acuerdos:
Primero. Aprobar el desempeño en régimen de dedicación exclusiva de las funciones correspondientes a Dª. Ana María Casas Nieto, Concejal de Igualdad, Bienestar Social, Empleo, Turismo y Salud del Ayuntamiento de Villaviciosa de Córdoba, así como la retribución mensual respectiva por importe de mil quinientos sesenta y nueve euros con treinta y ocho céntimos (1.569,38 €) brutos, a la que deberán añadirse las pagas extraordinarias, siendo la dedicación mínima necesaria para la percepción de dicha retribución la que exija el normal desempeño de sus funciones.
Segundo. Las retribuciones fijadas se incrementarán cada año en la cantidad que establezca la Ley de Presupuestos Generales del Estado para retribuciones de funcionarios sin necesidad de nuevo acuerdo plenario, haciéndose efectivo el incremento simultáneamente al del resto del personal municipal.
Tercero. La persona designada para el cargo mencionado, Dª. Ana María Casas Nieto, será dada de alta en el Régimen General de la Seguridad Social asumiendo el Ayuntamiento el pago de las cuotas empresariales correspondientes atendiendo a lo establecido en la normativa que sea de aplicación y teniendo en cuenta lo dispuesto en el apartado siguiente.
Cuarto. La percepción de las retribuciones anteriores implicará su incompatibilidad con la de cualquier otra retribución con cargo a los presupuestos de las Administraciones Públicas y de los entes, organismos y empresas de ellas dependientes.
Quinto. Autorizar el gasto en la cuantía necesaria para hacer frente al pago de las retribuciones previstas, así como a los costes de afiliación y cotización a la Seguridad Social.
Sexto. Que se publique en el Boletín Oficial de la Provincia de forma íntegra el presente Acuerdo, a los efectos de su general conocimiento, dada su trascendencia.
Lo que se hace público para general conocimiento, en Villaviciosa de Córdoba a 6 de julio de 2016. Firmado electrónicamente: El Alcalde-Presidente, Rafael Rivas Cabello.