Boletín nº 156 (16-08-2016)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Villaviciosa de Córdoba
Nº. 2.831/2016
Don Rafael Rivas Cabello, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Villaviciosa de Córdoba (Córdoba), hago saber:
Que no habiéndose formulado reclamación alguna contra el expediente de modificación de la Ordenanza reguladora de la Tasa por la Utilización de Piscinas, Instalaciones Deportivas y otros Servicios Análogos, aprobado provisionalmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el 9 de junio de 2016 y publicado en el BOP nº 111, de fecha 13 de junio de 2016, nº anuncio 2089/2016, se entiende definitivamente aprobado el acuerdo adoptado conforme a lo establecido en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el TRLRHL, pudiéndose interponer contra los mismos Recurso Contencioso-Administrativo a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha Jurisdicción.
A continuación se insertan los textos íntegros de las modificaciones de la Ordenanza Fiscal correspondientes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, antes citado:
- En el artículo 6 - Epígrafe Segundo, introducir lo siguiente: Artículo 6. Epígrafe segundo.
Abonos: Número 7. Abono días alternos (20 días): 30,00 €.
En este abono, solo se contabilizarán los días de asistencia efectiva en la piscina.
- En el artículo 6 - Derogar el Epígrafe tercero. Por utilización del Gimnasio Municipal.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Villaviciosa de Córdoba a 29 de julio de 2016. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Rafael Rivas Cabello.