Boletín nº 157 (17-08-2016)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Villanueva del Rey

Nº. 2.879/2016

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo provisional adoptado por el Pleno de la Corporación del Ayuntamiento de Villanueva del Rey, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de mayo de 2016, sobre la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, y transcrito literalmente dice así:

"Artículo 5º. Bonificaciones

1. Disfrutarán de una bonificación del 100 por 100 de la cuota del impuesto los vehículos históricos o aquellos que tengan una antigüedad mínima de veinticinco años, contados a partir de la fecha de su fabricación. Si ésta no se conociera, se tomará como tal la de su primera matriculación o, en su defecto, la fecha en que el correspondiente tipo o variante se dejó de fabricar.

Para la concesión de esta bonificación se requerirá previa solicitud del titular del vehículo, en la que se acreditará a través de los medios de prueba admitidos en derecho el requisito establecido en el párrafo anterior.

2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, la bonificación prevista en este artículo que sea solicitada antes de que la correspondiente liquidación adquiera firmeza tendrán efectos desde el inicio del período impositivo a que se refiere la solicitud, siempre que en la fecha de devengo del tributo hayan concurrido los requisitos legalmente exigibles para su disfrute.

El anterior artículo 5º pasa a ser el artículo 6º.

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados Recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

En Villanueva del Rey, a 1 de agosto de 2016. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Pedro Barba Paz.

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