Boletín nº 165 (29-08-2016)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de La Carlota

Nº. 3.103/2016

Extracto de la Convocatoria y sus Bases que han de regir la concesión de Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a entidades ciudadanas sin ánimo de lucro, que estén inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones de La Carlota, destinadas a Servicios Sociales y Educativos 2016.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y la página web del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota.

Primero.

El objeto de la presente convocatoria es establecer las bases por las que se deben regir la concesión de Subvenciones destinadas a asociaciones cuya finalidad está orientada a la prestación de servicios sociales y educativos, correspondientes al año 2016.

La finalidad de la concesión de subvenciones es será el fomento, promoción y desarrollo de actividades relacionadas con el Bienestar Social en el ámbito en el que ejerce su competencia el Ayuntamiento de La Carlota, y estará financiado con cargo a los recursos propios del Patronato de Servicios Sociales.

Segundo. Beneficiarios

Podrán ser beneficiarias las asociaciones cuyos fines sean la promoción y desarrollo del Bienestar Social en todos sus ámbitos, principalmente en nuestro municipio, y bajo las condiciones previstas en el Reglamento General de Subvenciones aprobado por acuerdo del Pleno Corporativo, de fecha 30 de junio de 2005 y que está publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 158, de fecha 19 de septiembre de 2005 en el punto IV.

Tercero. Bases reguladoras

La presente convocatoria se regirá por en el Reglamento General de Subvenciones aprobado por acuerdo del Pleno Corporativo, de fecha 30 de junio de 2005 y que está publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 158, de fecha 19 de septiembre de 2005, así como por la presente convocatoria y sus bases, aprobadas por Resolución de Alcaldía número 2399/2016, de 11 de agosto.

Cuarto. Importe

El crédito destinado a la presente convocatoria asciende a seis mil euros (6.000,00 €), con cargo a la partida presupuestaria 2310-48007 Subv. Asociaciones, Hermandades, y otras sin ánimo lucro, habiéndose efectuado la correspondiente retención de crédito.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Provincia el presente extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Sexto. Otros datos

La solicitud se realizará por medio de la presentación de la correspondiente instancia normalizada que podrá recogerse en el Registro de Entrada del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota, o en la página web municipal: http://www.lacarlota.es/, siendo presentados en el Registro de Entrada del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota, sito en Avenida Carlos III, 50; o bien utilizando cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las solicitudes para poder participar en el concurso deberán estar suscritas por la Asociación o Entidad que opte a la misma y que cumpla con los requisitos exigidos.

En La Carlota, a 24 de agosto de 2016. Firmado electrónicamente por el Presidente en funciones del Patronato (Resol. 2360/2016, de 4 de agosto), Francisco Javier Martín Torres.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

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