Boletín nº 167 (31-08-2016)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Priego de Córdoba
Nº. 3.122/2016
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios:
Organizaciones legalmente constituidas, sin fines de lucro, que tengan entre sus fines o como objeto expreso, según sus propios Estatutos, la realización de actividades relacionadas con los principios y objetivos de la Cooperación Internacional para el Desarrollo.
Quedan expresamente excluidas, además de aquellas en que concurra alguna circunstancia de las previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones o que estén incursas en las causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, las siguientes:
a. Las organizaciones que en el mismo ejercicio de la convocatoria hayan recibido una subvención o ayuda municipal para el mismo objeto.
b. Aquellas cuya relación con el Ayuntamiento de Priego de Córdoba se rija por convenios específicos y así figuren nominativamente en los Presupuestos.
c. Aquellas que tengan pendiente el reintegro total o parcial de subvenciones concedidas con anterioridad por este Ayuntamiento siempre que la resolución de reintegro sea firme en vía administrativa y no conste que se haya realizado el ingreso de la cantidad a reintegrar.
d. Aquellas que no hayan procedido a la justificación de subvenciones concedidas con anterioridad por este Ayuntamiento, siempre que haya concluido el plazo establecido para hacerlo.
Segundo. Finalidad:
Línea 1: Gastos de alimentación, medicamentos, materiales básicos de construcción que sirvan para realizar reparaciones y en ningún caso creación de nuevas construcciones o infraestructuras, material fungible, formación, personal, etc, en proyectos de Cooperación Internacional al Desarrollo.
Línea 2: Gastos de inversión, creación, restauración o remodelación de infraestructuras, adquisición de mobiliario, vehículos, maquinaria, etc, para proyectos de Cooperación Internacional al Desarrollo.
Tercero. Bases reguladoras:
Bases Generales de Concesión de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Priego de Córdoba aprobadas por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el 28/03/2005, publicadas en el BOP de Córdoba de 29 de abril de 2005.
Cuarto. Importe:
-Línea 1: 18.000 €
-Línea 2: 12.000 €
El importe máximo por subvención no podrá superar los 5.000 €.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Veinte días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Provincia.
Priego de Córdoba, a 29 de agosto de 2016. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, María Luisa Ceballos Casas.