Boletín nº 169 (02-09-2016)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 3.134/2016

Extracto del acuerdo de fecha 26 de julio de 2016 de la Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones y sus bases reguladoras de becas a deportistas individuales de máximo nivel de la provincia de Córdoba, por méritos deportivos en el año 2015.

BDNS 315925

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Entidades Beneficiarias

Podrán ser beneficiarios de las becas objeto de la presente convocatoria quienes reúnan todos y cada uno de los siguientes requisitos:

-Haber obtenido un mérito deportivo de los contemplados en la presente convocatoria (apartado 8. Méritos Deportivos) a lo largo del año 2015.

-Tener domicilio en alguna o algunas de las entidades locales de la provincia de Córdoba (y en Córdoba capital siempre y cuando hayan sucrito licencia federativa con un club deportivo con sede en la provincia), con una antigüedad total de, al menos, dos años en el momento de la solicitud.

-Estar en posesión de licencia federativa en vigor expedida por federación deportiva, en el momento de presentación de la solicitud. En su defecto, el deportista acreditará los motivos que le han impedido cumplir este requisito.

-No estar sancionado, a la fecha de publicación de la convocatoria, por infracción grave o muy grave que hubiere adquirido firmeza, por dopaje, conducta antideportiva, o por actuaciones que hayan tenido como consecuencia la privación de licencia, la suspensión de la misma o la expulsión definitiva de la competición.

-Tener residencia fiscal en España.

Segundo. Conceptos subvencionables

Se establecen como conceptos subvencionables, dentro de los proyectos deportivos presentados a esta Convocatoria y siempre referidos al año natural 2015, los siguientes:

a) Gastos de personal.

b) Gastos de alojamiento, transporte y manutención.

c) Gastos médicos y de asistencia sanitaria, así como estudios, pruebas, órtesis, complementos...

d) Gastos en material deportivo para el desarrollo de su actividad deportiva.

e) Gastos federativos, en general, como cánones, licencias federativas o derechos federativos.

f) Gastos de alquiler y uso de instalaciones deportivas no propias.

Tercero. Actividades y conceptos no subvencionables

1) Quedan expresamente excluidas las siguientes actividades:

a) Que se hayan acogido a cualquier otra convocatoria anual de ayudas, incluidas las subvenciones nominativas, que se realicen por esta Diputación de Córdoba.

b) Que estén incluidas y/o formen parte de cualquier programa deportivo que ponga en marcha la Delegación de Juventud y Deportes de la Diputación de Córdoba.

c) Realizadas por los deportistas que formen parte de clubes ya apoyados a través de los diferentes proyectos acogidos a la Convocatoria de Subvenciones a Entidades Deportivas de Máximo Nivel de la provincia de Córdoba en las temporadas deportivas 2014-2015 o/y 2015/2016, a menos que se trate de actuaciones no contempladas en tales proyectos.

d) Proyectos deportivos que realizados por deportistas individuales domiciliados en la capital que representen a clubes deportivos de Córdoba capital.

2) No estarán comprendidos entre los conceptos subvencionables:

a) Los gastos que respondan a actividades lucrativas.

b) Los relativos a material inventariable (equipos informáticos, mobiliario, maquinaria, etc.), incluidos los gastos de amortización de los mismos.

c) Los gastos corrientes de funcionamiento (teléfono, electricidad, alquiler de sede, etc.)

d) Los intereses deudores de las cuentas bancarias, los intereses, recargos y sanciones administrativas o penales y los gastos de procedimientos judiciales.

e) Los gastos financieros, de asesoría jurídica o financiera, y los gastos específicos de administración.

Cuarto. Bases reguladoras

Convocatoria de subvenciones y sus bases reguladoras de becas a deportistas individuales de máximo nivel de la provincia de Córdoba, por méritos deportivos en el año 2015, y publicadas en la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Córdoba (tablón de edictos).

Quinto. Cuantía

El presupuesto máximo disponible para la concesión de las subvenciones a las que se refiere la presente convocatoria es de 100.000€.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

Séptimo. Otros datos

Las solicitudes se presentarán en el modelo que figura como Anexo I, debiendo acompañarse, inexcusablemente de los documentos que se reseñan en la Base 10 de la convocatoria.

Córdoba, a 28 de julio de 2016. Firmado electrónicamente por el Presidente, Antonio Ruiz Cruz.

Aviso jurídico

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