Boletín nº 175 (13-09-2016)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Cabra

Nº. 3.191/2016

EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIÓN PARA ADECUACIÓN FUNCIONAL BÁSICA DE VIVIENDAS

Extracto del acuerdo aprobado en Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 7 de julio de 2016, por la que se aprueba la convocatoria de subvención para adecuación funcional básica de viviendas, por el procedimiento de concurrencia competitiva.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).

Primero. Beneficiarios

Serán destinatarias de estas subvenciones aquellas personas mayores de 65 años, personas con discapacidad o personas que se encuentren en situación de dependencia o, sus unidades familiares, siempre que residan en el municipio de Cabra y que presenten limitaciones funcionales que reduzcan su autonomía personal, debiendo quedar suficientemente acreditados documentalmente dichos requisitos.

Segundo. Objeto

El objeto de la presente convocatoria es la concesión de subvenciones destinadas a sufragar el coste de las obras y/o las actuaciones que sean necesarias llevar a cabo, para la adecuación o adaptación funcional de las viviendas de uso habitual y permanente, en las que tengan establecida su residencia las personas mayores, discapacitadas o en situación de dependencia y, que como consecuencia de alguna o varias de estas circunstancias, presenten una pérdida de su autonomía personal, que reduzcan sus posibilidades de movilidad. Asimismo, podrá incluirse en esta convocatoria, la adquisición y dotación de los medios materiales técnicos, funcionales o instrumentales que mejoren su capacidad o la de las personas cuidadoras en el entorno en el que se llevan acabo las actuaciones básicas de la vida diaria.

Tercero. Bases reguladoras

Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 168/2016, de fecha 1 de septiembre de 2016.

Cuarta. Cuantía de la ayuda

El Presupuesto máximo disponible para la concesión de las subvenciones a las que se refiere la presente convocatoria es de 40.000 € imputándose las mismas a la partida presupuestaria número 1522 489.05 denominada Conservación y Rehabilitación de vivienda del Presupuesto de Gastos del Ilmo. Ayuntamiento de Cabra de Córdoba.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba. Las solicitudes para la concesión de subvenciones al amparo de esta convocatoria se presentarán en el Registro General de Entrada del Ilmo. Ayuntamiento de Cabra en horario de 8:30 a 14:15 horas de lunes a viernes, o por alguno de los procedimientos previstos por el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Podrán presentarse las solicitudes de manera telemática en los términos previsto en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

Sexto. Otros datos

Las solicitudes se efectuarán en modelo normalizado, incluido en el Anexo I de esta convocatoria, debiendo ir acompañada de la documentación general y específica que se indica a continuación. Se deberá presentar una solicitud para cada una de las modalidades contempladas en las presentes Bases, siendo el límite máximo subvencionable para cada solicitante el establecido en el artículo 16 de las presentes Bases.

-Fotocopia cotejada o compulsada del Documento Nacional de Identidad del solicitante, así como relación de los miembros que componen la unidad familiar. En el supuesto de que el solicitante actúe en representación del beneficiario final de la subvención, deberá acompañar la copia del DNI de éste, así como la sentencia judicial o documento notarial que acredite la representación o la Declaración Responsable del Guardador de Hecho (Modelo del Anexo V).

-Factura proforma o presupuesto en el que se indiquen cada uno de los conceptos de la obra o adquisición a realizar, así como el importe de cada uno de ellos y el importe total de la actuación o adquisición. Los precios reflejados en las facturas se deberán corresponder con precios de mercado, aplicándose las disposiciones vigentes en materia de contratación pública, a la hora de valorar propuestas desproporcionadas o temerarias.

-Memoria explicativa de la adecuación funcional a desarrollar según Modelo en Anexo II.

-Declaración, en su caso, sobre ayudas solicitadas a otras Administraciones Públicas por el mismo concepto, así como el importe que por ellas se les hubiera otorgado. Este importe junto con la cuantía concedida por el Ilmo. Ayuntamiento de Cabra, no podrá superar el 100 por ciento de la factura o presupuesto presentado. La falsedad en esta declaración, dará lugar al inicio de expediente de reintegro de la totalidad de las cantidades otorgadas.

-Justificante de los ingresos, pensiones, prestaciones y/o subsidios que perciba cada uno de los miembros de la unidad familiar expedido por el organismo correspondiente.

-Copia de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y, en su caso, del Patrimonio, referidas al último ejercicio fiscal de los componentes de la unidad familiar.

-La documentación referida en los dos puntos precedentes podrá ser sustituida por una declaración responsable del solicitante en la que se indiquen la totalidad de los ingresos percibidos por la unidad o grupo familiar así como la situación laboral de todos los componentes de ella, a partir de los 16 años de edad, que se encuentren en situación de acceder al mercado laboral. A efectos de comprobar la veracidad de los datos contenidos en la citada declaración, el solicitante y el resto de los miembros mayores de edad del grupo familiar autorizarán expresamente al Ilmo. Ayuntamiento de Cabra para que pueda solicitar de otras Administraciones Públicas cuantos datos referidos a él y a los miembros de su familia estén disponibles en sus ficheros de datos, incluidos los de identidad y residencia (Anexo III).

-Declaración responsable de la acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, conforme a lo previsto en el artículo 24 del Reglamento General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, 21 de julio (Anexo IV). No obstante, podrá eximirse de este requisito en los supuestos recogidos por el artículo 30, apartado 7, de la Ley General de Subvenciones; es decir, en supuestos en los que los futuros beneficiarios/as se encuentren en una situación de emergencia, indigencia, en riesgo o exclusión social debidamente acreditado mediante el correspondiente informe social de los Servicios Sociales Comunitarios.

DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA (a aportar por los solicitantes indicados en el artículo 8 de las presentes Bases, conforme a las circunstancias especiales en él indicadas).

-Copia del libro de familia.

-Volante de empadronamiento acreditativo de las personas que forman parte de la unidad de convivencia.

-Copia del certificado de reconocimiento del grado de discapacidad expedido por los organismos competentes.

-La acreditación del grado de dependencia se realizará mediante copia cotejada de la preceptiva resolución, emitida por el órgano competente, en la que se reconozca el mismo, todo ello conforme a las disposiciones de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a Personas en Situación de Dependencia.

-Para los casos de mujeres víctimas de violencia de género, cualquier documentación que acredite tal circunstancia: copia resolución judicial, denuncia o informe emitido por los servicios especializados.

-En aquellos supuestos en los que de la documentación aportada por el solicitante no quedara clara la situación de riesgo o de exclusión social, el órgano instructor podrá solicitar un Informe Social al Profesional de referencia del municipio de origen del solicitante.

Cabra, 9 de septiembre de 2016. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Fernando Priego Chacón.

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