Boletín nº 179 (19-09-2016)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Lucena

Nº. 3.255/2016

Extracto de la Resolución de Alcaldía del Ayuntamiento de Lucena (Córdoba), de fecha 23 de agosto de 2016, por la que se convocan Ayudas Lucena Emprende.

BDNS (317158): Ayuntamiento de Lucena

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas:

a) Empresas Constituidas

Para poder concurrir en esta modalidad los participantes deberán reunir los siguientes requisitos:

" Que el solicitante tenga su domicilio fiscal y desarrolle su actividad en Lucena.

" Que su constitución o que el inicio de su nueva actividad empresarial se hayan producido entre el 1 de enero de 2016 y hasta la apertura del plazo de presentación de solicitudes.

" Acreditar el mantenimiento de la actividad durante, al menos, un año desde la fecha de concesión de la ayuda.

" Participar en los foros o actividades relacionados con la economía y el desarrollo que se organicen o en los que participe el Ayuntamiento de Lucena.

" Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal, autonómica y local así como con la Seguridad Social.

" Ajustarse a la normativa local y ambiental que le sea de aplicación.

Se excluyen de esta convocatoria las entidades vinculadas o dependientes de Administraciones Públicas, las asociaciones, fundaciones o demás entidades sin ánimo de lucro.

b) Ideas de Negocio

Para poder concurrir en esta modalidad los participantes deberán reunir los siguientes requisitos:

" Tener nacionalidad española o, en el caso de extranjeros, estar legalmente establecido.

" Que el proyecto o actividad empresarial para el que se solicita el premio se implante en la ciudad de Lucena, comprometiéndose a su puesta en marcha dentro de los seis meses siguientes a la notificación de la resolución de concesión.

" Participar en los foros o actividades relacionados con la economía y el desarrollo que se organicen o en los que participe el Ayuntamiento de Lucena.

" Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal, autonómica y local así como con la Seguridad Social.

" Ajustarse a la normativa local y ambiental que le sea de aplicación. (Base reguladora Quinta)

Segundo. Objeto y finalidad:

Las convocatorias reguladas por las presentes bases tienen por objeto el fomento de actividades, iniciativas y proyectos empresariales que se consideren especialmente relevantes dentro de la realidad socioeconómica de Lucena, en particular en nuevos sectores que ayuden a la diversificación y/o modernización empresarial del tejido productivo lucentino.

Se dirige a:

a) Nuevas actividades empresariales puestas en marcha desde el 1 de enero de 2016 hasta la apertura del plazo de presentación de solicitudes.

b) Ideas de negocio a desarrollar en Lucena, que se comprometan a la puesta en marcha de la actividad dentro de los seis meses siguientes a la notificación de la de concesión de la ayuda.

Para participar en la convocatoria deberán presentar un proyecto empresarial en el que se contemplen todos los aspectos necesarios para la elaboración y valoración de un Plan de Negocio.

Solamente se podrá solicitar una ayuda por beneficiario señalando el grupo al que pertenece, a) ó b) de los arriba descritos.

(Base reguladora Tercera).

Tercero. Bases reguladoras:

Acuerdo de Junta de Gobierno Local en sesión del día 21 de julio de 2016, publicadas en Boletín Oficial de la Provincia de fecha 17 de agosto de 2016.

Cuarta. Cuantía:

La cuantía de las ayudas será a fondo perdido y consistirá en una cantidad a tanto alzado de los siguientes importes:

- 5.000,00 € para los proyectos que alcancen una puntuación entre 80 y 110 puntos.

- 3.000,00 € para los proyectos que alcancen una puntuación entre 50 y 80 puntos.

El número de ayudas estará limitado hasta agotar la disponibilidad de la aplicación presupuestaria. La dotación presupuestaria de la convocatoria asciende a 70.000,00 €.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

Treinta días naturales a partir del día siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Lucena, a 23 de agosto de 2016. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Juan Pérez Guerrero.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

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