Boletín nº 182 (22-09-2016)

VIII. Otras Entidades

Empresa Municipal Saneamientos de Córdoba, SA (SADECO)

Nº. 3.270/2016

CONVOCATORIA PARA LA PROVISION DE 13 PLAZAS DE PEÓN/A LIMPIADOR/A, MEDIANTE UN SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN EN PROMOCIÓN EXTERNA

BASES DE CONTRATACIÓN

Base primera. Objeto de la convocatoria

1. El objeto de la presente convocatoria es la provisión en propiedad por promoción externa, mediante el sistema de Concurso-Oposición, de 13 plazas de Peón/a Limpiador/a para los servicios y turnos que presta la empresa, preferentemente turno de noche, pudiendo desarrollar también su actividad en cualquiera de las jornadas y horarios recogidos en el vigente cuadro horario.

2. Concluida la fase de Concurso-Oposición y designados los/as candidatos/as que hayan obtenido las plazas, se establece un periodo de prueba de 15 días de conformidad con el artículo 23 del vigente Convenio Colectivo.

3. La convocatoria del proceso selectivo y sus bases se expondrán en la Web de SADECO (www.sadeco.es) y en los Diarios Oficiales (BOP). El resto de información relativa al proceso de selección (listados, pruebas, notificaciones, etc.) se expondrán en la página web y en el tablón de anuncios de la sede principal de la Empresa, sita en Avenida Medina Azahara, nº 4 (entrada por C/ Le Corbusier s/n).

Base segunda. Condiciones y requisitos

1. Los requisitos para ser admitidos/as en la presente convocatoria son los siguientes:

1.1. Tener cumplidos 18 años de edad, lo que se acreditará mediante Documento Nacional de Identidad, Permiso de Residencia, Pasaporte o Permiso de Trabajo.

1.2. Estar en posesión del Graduado Escolar o equivalente a efectos laborales.

1.3. Sólo para las personas con discapacidad que se inscriban en el Grupo Reservado, acreditar mediante Documento expedido por el Centro de Valoración y Orientación de Personas con Discapacidad de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de la Junta de Andalucía su condición, y poseer una discapacidad de grado igual o superior al 33%, debiendo aportar además Dictamen Técnico Facultativo y Certificado de Capacitación para las tareas propias del puesto de Peón/a Limpiador/a, emitido por el citado Organismo. También será validada provisionalmente, la solicitud del Certificado de Capacitación en el periodo de presentación de solicitudes, siendo obligatorio para seguir siendo aspirante, entregar el original del Certificado de Capacitación, en el periodo de reclamaciones y/o subsanación de defectos del listado provisional de admitidos y excluidos.

2. Todos los requisitos exigidos habrán de cumplirse a fecha del último día del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el final del proceso selectivo. Los requisitos que no se cumplan a dicha fecha no serán tenidos en cuenta.

3. No haber sido separados/as, mediante expediente disciplinario del servicio en ninguna de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.

Base tercera. Forma y plazos para presentar la documentación

1. Para participar en la convocatoria habrá que presentar solicitud firmada según modelo oficial junto con fotocopia de los requisitos exigidos en el apartado 1 de la Base segunda de esta convocatoria en vigor, bajo el texto es copia del original suscrito y firmado por el/la solicitante, que se responsabilizará de su veracidad. Los aspirantes deberán proceder a la autobaremación de sus méritos en la solicitud oficial. Las solicitudes presentadas que presenten enmiendas o tachaduras, tanto en la instancia como en el autobaremo, serán desestimadas.

2. El modelo oficial de solicitud se podrá descargar de la página Web de SADECO (www.sadeco.es) o recoger en la sede principal de la empresa municipal Saneamientos de Córdoba, sita en Avenida Medina Azahara, nº 4 (entrada por calle Le Cobusier s/n) y en los Centros Cívicos del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba.

3. En el impreso de solicitud, debidamente cumplimentado, se hará constar que se reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda de esta convocatoria a fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de solicitudes, comprometiéndose a probar los datos en el momento que le fueran requeridos, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran incurrir por inexactitudes o falsedades en los mismos.

4. En la solicitud se establecen dos grupos de inscripción: Grupo General 1 y Grupo Reservado 2 de Discapacidad (Personas con discapacidad reconocida igual o superior al 33%). Los/as interesados/as solo podrán inscribirse en uno de los dos grupos, no siendo admitidos/as los/as aspirantes que realicen dos o más inscripciones, ya sea al mismo o a distinto grupo de inscripción.

5. Se establecen dos grupos de inscripción:

5.1. Grupo General (uno), integrado por personas sin discapacidad reconocida igual o superior al 33%.

5.2. Grupo Reservado (dos), integrado por personas con discapacidad reconocida igual o superior al 33%.

6. Las plazas reservadas para cada uno de los grupos son:

Grupo

Número de plazas

Grupo General 1

12

Grupo Reservado 2

Discapacitados/as e 33%

  1

TOTAL

13

Si la plaza del Grupo Reservado (DOS) no fuera cubierta, se acumulará al Grupo General (UNO).

7. La solicitud se presentará en la Empresa Municipal Saneamientos de Córdoba, en los lugares específicamente habilitados para ello.

8. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP). Los/as interesados/as que no presenten sus solicitudes en tiempo y forma no serán admitidos/as en el proceso selectivo.

9. El falseamiento de la documentación aportada justificativa de los requisitos o méritos alegados implicará la exclusión de la persona aspirante del sistema de selección de la presente convocatoria, reservándose la Empresa el ejercicio de las acciones legales a que haya lugar en derecho ante tales hechos.

Base cuarta. Admisión de aspirantes

1. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Director-Gerente de SADECO, dictará comunicación declarando aprobada la Lista Provisional de Candidatos/as Admitidos/as y Excluidos/as, en la que constará el nombre, apellidos, DNI, autobaremación, así como la composición del Tribunal. Dicha resolución será publicada en el Tablón de Anuncios y WEB de SADECO. A partir de ese momento las distintas comunicaciones y publicación de listados se realizarán a través del mencionado Tablón y la WEB de SADECO.

2. Se dará un plazo de subsanación de los defectos, que será de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación.

3. El tribunal calificador publicará el lugar, fecha y hora de realización de las pruebas que se comunicarán a través del Tablón de Anuncios y WEB de SADECO con una antelación mínima de diez días hábiles.

4. Una vez finalizado el plazo de reclamaciones establecido en el apartado 2 de la Base octava, se publicará la Lista Definitiva de Candidatos Admitidos y Excluidos.

Base quinta. Tribunal Calificador

1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

- Tres miembros nombrados por la Dirección de la Empresa y propuestos por la misma, de entre los cuales, se determinará a propuesta de la Dirección de la Empresa, el que hará de Presidente/a del Tribunal.

- Dos miembros nombrados por la Dirección de la Empresa y propuestos por la Parte Social. (Si la Parte Social no propone miembro alguno, será la Dirección de la Empresa la que lo haga en el número que haga falta para componer el Tribunal.

- Uno de los miembros anteriores actuará de Secretario participando como el resto de los miembros del tribunal calificador con voz y voto.

- El Comité de Empresa podrá participar con un miembro de cada Sección Sindical, que tendrán voz y no tendrán voto

2. La composición de los miembros del Tribunal Calificador se publicará junto a la lista provisional de candidatos/as admitidos/as y excluidos/as, será exclusivamente técnica y su pertenencia al citado órgano de selección deberá ser siempre a título individual y no en representación o por cuenta de nadie.

3. En todos los casos los/as vocales deberán poseer titulación o especialización igual o superior a la exigida para el acceso a las plazas.

4. Cuando lo considere conveniente, el Tribunal podrá recabar la colaboración de asesores/as expertos/as en la materia de que se trate que intervendrán con voz, pero sin voto.

5. Asimismo se podrán contratar la colaboración de una empresa especializada para el asesoramiento en las distintas pruebas, debiendo, en todo caso, el Tribunal supervisar y validar todo el procedimiento.

Base sexta. Proceso de selección de personal

1. El procedimiento de selección constará de dos partes:

A) Concurso (20%).

B) Oposición (80%).

A) Fase de Concurso:

Esta fase de Concurso, no tendrá carácter eliminatorio, y no podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de Oposición.

Los/as aspirantes deberán proceder a la autobaremación de sus méritos en el plazo de presentación de solicitudes, debiendo justificarlos documentalmente una vez finalizada la fase de oposición por los aspirantes que superen dicha fase, en el plazo establecido al efecto, con arreglo al baremo establecido en el Anexo I.

La fase de concurso estará así conformada por el resultado de la puntuación de dicho autobaremo que, en todo caso, tendrá la calificación de provisional y que se publicará junto con las lista provisional de admitidos/as y excluidos/as.

Dicha autobaremación vinculará la revisión que efectúe el Tribunal Calificador, en el sentido de que el mismo solo podrá valorar los méritos que hayan sido autobaremados por los/as aspirantes, no pudiendo otorgar una puntuación mayor a la asignada por los/as mismos/as.

Los méritos a valorar por el Tribunal Calificador, a efectos de determinar la puntuación en la fase de concurso, serán los acreditados documentalmente una vez finalizada la fase de oposición y autobaremados por los/as aspirantes durante el plazo de presentación de solicitudes, no tomándose en consideración los alegados con posterioridad a la finalización de dicho plazo, ni aquellos méritos no autobaremados por los aspirantes.

Los méritos a tener en cuenta serán los adquiridos con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de instancias.

La ausencia de autobaremación en la solicitud conllevará la puntuación de 0 en la fase de concurso.

B) Fase de Oposición:

Prueba Teórica: Consistirá en la contestación por escrito, durante 60 minutos como máximo, de un cuestionario de cuarenta (40) preguntas, con tres respuestas alternativas, propuestas por el Tribunal, relacionadas con el contenido de las materias indicadas en el Anexo II de esta convocatoria.

Solo existirá una respuesta válida a cada pregunta. Cada respuesta correcta puntuará 0,10. Cada respuesta incorrecta penalizará 0,05 puntos.

La corrección de esta primera parte, se realizará según lo previsto en la presente base y se calificará hasta un máximo de 4 puntos. Siendo eliminados/as los/as aspirantes que no alcancen un mínimo de 2,5 puntos.

En caso excepcional que alguna pregunta tuviese que ser anulada por el Tribunal Calificador, se mantendrá el mínimo de 2,5 puntos para superar la prueba teórica.

Prueba práctica: Consistirá en la contestación por escrito durante 60 minutos como máximo, de un cuestionario de cuarenta (40) preguntas, con tres respuestas alternativas, propuestas por el Tribunal, sobre supuestos prácticos relacionados con el contenido de las materias indicadas en el anexo II, siempre relacionadas con las plazas objeto de la convocatoria.

Solo existirá una respuesta válida a cada pregunta. Cada respuesta correcta puntuará 0,10. Cada respuesta incorrecta penalizará 0,05 puntos.

Esta segunda parte se calificará hasta un máximo de 4 puntos, siendo eliminados/as los/as aspirantes que no alcancen un mínimo de 2,5 puntos.

El Tribunal publicará los resultados provisionales de la Prueba Teórica, en la que constará el nombre, apellidos, DNI, puntuación obtenida.

Una vez finalizado el plazo de reclamaciones establecido en el apartado 3 de la base octava, se publicarán los resultados definitivos de la Prueba Teórica.

Seguidamente, el tribunal publicará los resultados provisionales de la Prueba Práctica, en la que constará el nombre, apellidos, DNI y puntuación obtenida.

Una vez finalizado el plazo de reclamaciones establecido en el apartado 4 de la base octava, se publicarán los resultados definitivos de la Prueba Práctica.

2. Los/as aspirantes serán convocados/as para realizar las pruebas (teórica y práctica) que se realizarán conjuntamente el mismo día y serán convocados/as en llamamiento único.

3. El/La Presidente/a del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que las pruebas de la fase de oposición escritas, serán corregidas sin conocer la identidad de los/as aspirantes.

En este caso, el Tribunal excluirá a aquellos candidatos/as en cuyo ejercicio figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad de los/as mismos/as.

4. Las pruebas serán eliminatorias, siendo eliminados/as los/as aspirantes no presentados/as y quienes no alcancen la puntación mínima establecida en cada una de ellas, por tanto, no será corregida la prueba práctica de los aspirantes que no superen la prueba teórica.

5. La puntuación total de la fase de oposición tendrá un valor máximo de ocho puntos, cuyo resultado se obtendrá de la suma de la puntuación de la prueba teórica y de la prueba práctica. La calificación total será la suma de puntuación de la Fase Concurso más la Fase de Oposición, resultando así el orden de puntuación.

6. El orden de actuación de los/as interesados/as en aquellas pruebas que no se puedan efectuar conjuntamente, comenzará por el/la aspirante cuyo primer apellido empiece por la letra A, de conformidad con el sorteo efectuado que será publicado WEB de SADECO.

7. Finalizada la fase de oposición, aquellos/as aspirantes que la hubiesen superado deberán presentar los documentos justificativos de los méritos autobaremados que se alegaron a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, en el plazo de 10 días hábiles a partir de la publicación de la resolución con los resultados definitivas de las prueba práctica.

8. Para poder acreditar los méritos, se presentará fotocopia y original que serán debidamente compulsados o verificados en el lugar de entrega de documentos. La documentación deberá ir grapada, ordenada y numerada conforme al orden en que se citaron los méritos en el impreso de autobaremación presentado junto con la instancia para participar en esta convocatoria. Al mismo tiempo, deberá presentar la documentación original de los requisitos presentados junto a la solicitud inicial, que serán debidamente verificados en el lugar de entrega de documentos.

9. El Tribunal Calificador procederá a la verificación de la autobaremación presentada por aquellos/as aspirantes que, habiendo superado la fase de oposición y habiendo justificado sus méritos conforme a lo establecido en el Anexo I, tengan opción a superar la convocatoria en función del número de plazas ofertadas. No se considerará ningún documento posterior a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

En dicho proceso de verificación, el Tribunal Calificador podrá minorar la puntuación consignada por los/as aspirantes en el caso de méritos no valorables conforme al baremo de méritos, por no tener relación directa con la plaza objeto de la convocatoria u otras circunstancias debidamente motivadas, así como o en el caso de apreciar errores aritméticos. En el supuesto de méritos autobaremados en subapartados erróneos, el Tribunal podrá trasladar los mismos al subapartado correcto, sin que ello pueda implicar aumento de la puntuación total autoasignada por los/as aspirantes. En ningún caso podrá el Tribunal otorgar una puntuación mayor a la consignada por los/as aspirantes.

10. Una vez terminada la calificación de los/as aspirantes el Tribunal hará público en el tablón de anuncios de la Sede Central de Sadeco y en la web de la empresa: www.sadeco.es la Lista Provisional de Aprobados/as, con indicación de la puntuación obtenida tanto en la fase de oposición como en la de concurso. Dicha lista irá ordenada por orden alfabético.

Contra esta lista podrán presentar alegaciones, que no tendrán carácter de recurso, ante el Tribunal Calificador, en el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la misma. Dichas alegaciones serán decididas en la relación definitiva de aprobados.

Transcurrido el plazo referido en el párrafo anterior y resueltas las alegaciones en su caso presentadas, el Tribunal Calificador hará pública la relación definitiva de aprobados/as por orden de puntuación, con expresión de la puntuación obtenida en cada una de las fases. Dicha publicación se hará en el Tablón de Anuncios de la Empresa y en la Web de SADECO.

11. En el caso de que al proceder a la ordenación de los/as aspirantes se produjeran empates, éstos se resolverán atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:

a) Mayor puntuación obtenida en la Prueba Práctica de la fase de Oposición.

b) Mayor puntuación obtenida en la Prueba Teórica de la fase de Oposición.

c) Mayor puntuación obtenida en el apartado de experiencia profesional de la fase de Concurso.

d) En caso de persistir el empate, se resolverá a favor del aspirante/a cuya letra inicial del primer apellido esté primera en el orden de la letra A, de conformidad con el sorteo efectuado al efecto.

12. La plaza será otorgada a los/as candidatos/as que habiendo superado las pruebas del concurso oposición con mayor puntuación, sean declarados aptos en el reconocimiento médico obligatorio que le será realizado por el servicio Médico concertado de Sadeco.

13. Si el Tribunal apreciara que los/as aspirantes no reúnen las condiciones mínimas necesarias para desempeñar idóneamente el puesto, podrá declarar desierta alguna o todas las plazas objeto de este concurso-oposición.

14. El Tribunal en ningún caso propondrá mayor número de aspirantes que el de las trece plazas convocadas, no suponiendo bajo ningún concepto que las puntuaciones obtenidas, sean las que fueren, otorguen ningún derecho a los/as aspirantes salvo a los/as propuestos/as por el Tribunal.

Base séptima. Reconocimiento médico

1. Serán llamados/as para someterse al obligatorio Reconocimiento Médico de Aptitud por el Servicio Médico concertado por SADECO, perdiendo todos sus derechos los/as candidatos/as que no se presenten en el lugar que se le indique a realizar el reconocimiento médico el día y hora señalados, así como aquellos/as seleccionados/as que se presenten pero no acrediten su identidad. A estos efectos, todos/as los/as candidatos/as deberán acudir provistos/as de un documento identificativo original de entre los indicados en la base segunda, punto primero. Inicialmente el contacto se realizará mediante llamada telefónica, a teléfono fijo o móvil, en caso de no conseguir el contacto se citará al candidato por correo certificado, quedando constancia del acuse de recibo, debiéndose poner en contacto el candidato en las 24 horas siguientes a la recepción, de lo contrario será excluido de la selección. Si por cualquiera de los medios anteriores no se puede contactar con el/la candidata/a se publicará su llamamiento en el tablón de la Empresa y en la Web de SADECO, durante el plazo de 2 días hábiles. Ante la no presentación del candidato/a, quedará excluido.

2. Para acceder a la plaza el/la candidata/a habrá de ser declarado/a por el facultativo que lo/la reconozca como apto/a sin limitaciones o apto/a con limitaciones compatibles con las tareas a desempeñar. Tras el reconocimiento médico, los/as candidatos/as que hayan sido declarados/as no apto/a o apto/a con limitaciones incompatibles con las tareas a desempeñar serán excluidos/as del proceso selectivo.

3. Los/as aspirantes del Grupo Reservado deberán tener compatibilidad funcional para el desempeño de la especialidad a la que aspira.

4. Los/as candidatos/as que no superen el reconocimiento médico, serán sustituidos/as por el/la siguiente candidato/a de la relación definitiva de aprobados/as.

Base octava. Reclamaciones

1. Contra las presentes Bases Generales podrá interponerse reclamación al Director Gerente en el plazo de diez días hábiles a partir de la fecha de su publicación.

2. Se abrirá un plazo de reclamaciones de diez días hábiles a contar a partir de la fecha de publicación de la Lista Provisional de Candidatos/as Admitidos/as y Excluidos/as para subsanar posibles errores de hecho. Los/as participantes que hayan resultado excluidos/as podrán solicitar su inclusión, dirigiendo un escrito a tal efecto al Director-Gerente de SADECO. Transcurrido el plazo de reclamación antes mencionado, el Director-Gerente publicará la Lista Definitiva de Candidatos/as Admitidos/as y Excluidos/as.

3. Se abrirá un plazo de reclamaciones de diez días hábiles a contar a partir de la fecha de publicación del resultado provisional de la Prueba Teórica. Transcurrido el plazo de reclamación antes mencionado, el Tribunal publicará el resultado definitivo de la Prueba Teórica.

4. Se abrirá un plazo de reclamaciones de diez días hábiles a contar a partir de la fecha de publicación del resultado provisional de la Prueba Práctica. Transcurrido el plazo de reclamación antes mencionado, el Tribunal publicará el resultado definitivo de la Prueba Práctica.

5. Contra la Lista Provisional de Aprobados/as podrán presentar alegaciones, que no tendrán carácter de recurso, ante el Tribunal Calificador, en el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la misma. Dichas alegaciones serán decididas en la relación definitiva de aprobados.

Transcurrido el plazo referido en el párrafo anterior y resueltas las alegaciones en su caso presentadas, el Tribunal Calificador hará pública la relación definitiva de aprobados/as por orden de puntuación.

6. Contra las decisiones del órgano de selección y sus actos de trámite que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión, se otorgará la posibilidad de interponer recurso ante el órgano que haya nombrado al presidente, en el plazo de un mes, pues así lo establece el artículo 14 2 del R.D. 364/1995.

7. Quien no presente reclamación en los plazos mencionados, se entenderá que renuncia a hacerlo posteriormente, decayendo en sus derechos e intereses legítimos.

8. El Tribunal resolverá motivadamente las reclamaciones presentadas, notificándoselo a los/as reclamantes.

9. Si transcurridos dos meses desde la conclusión del proceso selectivo no se hubiera presentado reclamación contra el resultado del mismo, la Empresa podrá destruir o eliminar las solicitudes y documentación presentadas y no reclamadas por los/as interesados/as en ese plazo.

Córdoba, 22 de julio de 2016.

ANEXO I

BAREMO DE VALORACIÓN DE MÉRITOS PARA LA PROVISIÓN DE 13 PLAZAS DE PEÓN/A LIMPIADOR/A

A. Carné de conducir. Se valorará la posesión del carné de conducir con un máximo de 1,20 puntos (sólo se valorará el permiso que otorgue mayor puntuación):

0,50 puntos por tener el permiso de conducir B (en vigor).

1,20 puntos por tener el permiso de conducir C + CAP (en vigor).

B. Experiencia Profesional. Cada mes de servicios prestados desempeñando funciones de peón/a de limpieza pública, recogida y/o tratamiento de residuos urbanos, así como peón limpiador/a se valorará de la forma siguiente, siendo la puntuación máxima que se puede obtener 0,80 puntos:

1. Por cada mes completo de servicio efectivo prestado en Administración Local (empresas municipales): 0,016 puntos.

2. Por cada mes completo de servicio efectivo prestado en otras entidades públicas: 0,012 puntos.

3. Por cada mes completo de servicio efectivo prestado en entidades privadas: 0,008 puntos.

A estos efectos, se dividirá por 30 el número total de días relacionados en el Informe de Vida Laboral del candidato/a, computándose la fracción de 16 o más días como un mes completo.

Justificación de méritos alegados

De acuerdo con este baremo, para cada mérito alegado se presentarán los documentos siguientes:

(a) El carné de conducir se justificará con el correspondiente permiso de conducir B y/o C y CAP.

(b) La experiencia profesional deberá acreditarse mediante el Informe de Vida Laboral junto al contrato de trabajo, certificado de Empresa, TC2, Nominas, o cualquier otro medio oficial que permita conocer el periodo y la categoría profesional (funciones determinadas en el anexo I apartado B). (El Informe de Vida Laboral se podrá sustituir por la autorización del solicitante para la consulta directa del mismo al Organismo Competente por parte de la Empresa Municipal Saneamientos de Córdoba S.A.).

ANEXO II

MATERIAS PARA LA PROVISIÓN DE 13 PLAZAS DE PEÓN/A LIMPIADOR/A

1. Ordenanza de Higiene Urbana vigente del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba.

2. Convenio Colectivo de SADECO.

3. Memoria Corporativa de SADECO publicada en el WEB (año 2014).

4. Normas elementales de Seguridad e Higiene en el Puesto de Trabajo ofertado.

En Córdoba a 16 de septiembre de 2016. El Gerente, Francisco Javier Quijada Muñoz.

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