Boletín nº 187 (29-09-2016)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Nueva Carteya

Nº. 3.398/2016

Don Vicente Tapia Expósito, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Nueva Carteya (Córdoba), hace saber:

Que debiendo entenderse adoptado definitivamente el acuerdo adoptado por el Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 12 de julio de 2016, para la aprobación del Reglamento de Selección de Personal Laboral con carácter Social, para la Contratación Temporal de Personas con Necesidades Urgentes, por haber transcurrido el plazo de información pública sin que se haya presentado ninguna reclamación o sugerencia, según lo dispuesto en el parágrafo último del artículo 49, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la misma Ley se publica el texto integro de dicho Reglamento, que se insertará a continuación.

REGLAMENTO DE SELECCIÓN DE PERSONAL LABORAL CON CARÁCTER SOCIAL, PARA LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DE PERSONAS CON NECESIDADES URGENTES

1. Marco Legislativo-Fundamentación

El artículo 39 de la Constitución Española ordena a los poderes públicos asegurar una protección adecuada a la familia, en los ámbitos de lo social, económico y jurídico.

La propia Constitución Española recoge el trabajo como un derecho de los españoles en su artículo 35, al igual que el Estatuto de Autonomía de Andalucía que lo reconoce como uno de sus objetivos básicos en el artículo 10.

La exclusión y la vulnerabilidad social deben entenderse desde un punto de vista multidimensional que hace referencia a las relaciones sociales, protección social, salud, educación, y por supuesto, empleo. El trabajo es un derecho universal y el ejercicio de este derecho, nos da la oportunidad de formar parte de la sociedad en la que vivimos, y de participar en los procesos económicos, sociales, políticos y culturales, contribuyendo con nuestro trabajo al desarrollo de toda la colectividad. Por tanto, el empleo, además de posibilitar tener unos ingresos que permitan acceder a bienes y servicios, actúa como un mecanismo integrador, que nos afianza nuestra identidad social y mejora la red de relaciones sociales y personales.

Una de las principales consecuencias de la crisis financiera internacional y de sus efectos sobre la economía española y andaluza es el intenso proceso de contracción que está registrando el mercado laboral, que ha causado una destrucción acelerada de puestos de trabajo con el consiguiente aumento del número de personas en situación de desempleo. La intensidad y duración de esta situación están motivando además un incremento de las personas desempleadas que no perciben ninguna prestación económica, así como de las familias en las que todos sus miembros se encuentran en desempleo y sin ingresos de ningún tipo, por lo que se detecta un número creciente de personas en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo.

Por lo que estos colectivos requieren de una intervención integral en la que se tenga en cuenta aspectos de toda índole: sociales, sanitarios, educativos, de competencias& y donde el empleo juega un papel fundamental, no sólo como garante de recursos económicos, sino como mecanismo dinamizador en la sociedad. Por ello desde los organismos públicos se deben de poner en marcha programas que palien las situaciones de emergencia social.

La realidad imperante hace que tengamos que dar respuesta a necesidades urgentes. Cada vez existen un mayor número de personas en desempleo, mayores y jóvenes sufren los recortes de los últimos años, los largos trámites administrativos y el poco crecimiento económico provocan que muchas personas estén atravesando por graves dificultades, vulnerando sus derechos fundamentales. Es por ello que se hace necesario establecer programas y pautas para poder aliviar transitoriamente estas situaciones.

A todo ello se le añade que la mayor parte de nuestra economía depende del sector agrario, un sector que en los últimos años está en decadencia. La falta de lluvia e industrialización del campo, provocan que muchos de nuestros vecinos no consigan las suficientes peonadas, agravándose esta situación en el sector femenino, reduciendo la entrada de recursos económicos en los hogares.

2. Objetivos

Dirigir las necesidades de personal contratado laboral del Ayuntamiento a solventar las necesidades básicas familiares en aquellas unidades que estén atravesando situaciones urgentes y o vulnerables en las que se estén poniendo en riesgo la unidad familiar y los derechos fundamentales por razones sobrevenidas como la falta continuada de recursos de aquellas personas o unidades familiares que no puedan hacer frente a gastos básicos.

3. Requisitos de los aspirantes

a) Tener la nacionalidad española, o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, o ser cónyuge de un/a español/a o de un nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, así como de sus descendientes y los de su cónyuge si son menores de veintiún años o mayores de edad dependientes. También personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sean de aplicación la libre circulación de trabajadores y los extranjeros con residencia legal en España.

b) Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el que hubiera sido separado o inhabilitado.

4. Baremo

Los destinatarios con carácter preferente serán personas en situación de vulnerabilidad o exclusión social con bajo nivel de recursos económicos y con escasa o nula actividad laboral, estableciéndose el siguiente orden de preferencia:

1. No haber rechazado, sin causa justificada, la participación en alguno de los programas propuestos por el Equipo de Servicios Sociales Comunitarios: 18 puntos.

2. Estar empadronado en Nueva Carteya con al menos un año de antelación a la fecha presentación de la solicitud: 16 puntos.

3. Que haya transcurrido al menos doce meses desde la última contratación en el mismo programa u otro similar de carácter social: 14 puntos.

4. Personas que estén pasando por una situación de urgencia social y que necesiten una respuesta inmediata: 12 puntos.

El solicitante deberá acreditar los requisitos contenidos en apartado quinto. El apartado c) de la misma se entenderá acreditado siempre que la suma de los ingresos de la unidad familiar, en el semestre anterior a la solicitud, no sea superior a las cantidades consignadas en el apartado cuantía semestral de la siguiente tabla:

TABLA DE RENTA DE LOS ÚLTIMOS SEIS MESES DE LOS MIEMBROS MAYORES

Número de miembros

Cálculo

Cuantía semestral

1 miembro

Inferior a 1,2 veces IPREM*

3.831,91 euros

2 miembros

Inferior a 1,4 IPREM*

4.473,08 euros

3 miembros

Inferior a 1,7 veces IPREM*

5.431,62 euros

4 ó más miembros

Inferior a 2 veces IPREM*

6.390,12 euros

*IPREM (mensual) = 532,51 euros.

5. Personas pertenecientes a unidades familiares, en la que todos sus miembros se encuentren en desempleo: 10 puntos.

6. Personas pertenecientes a unidades familiares con miembros en paro y que no puedan hac

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