Boletín nº 192 (06-10-2016)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 5.018/2016

Por el Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 12 de julio de 2016, se adoptaron los acuerdos 172/16, 173/16 y 174/16 de aprobación inicial de modificaciones de los créditos y Bases de Ejecución, en concreto de la 64 Plan Estratégico de Subvenciones, del Presupuesto del año 2016.

Habiendo transcurrido el plazo establecido, no se ha presentado reclamación alguna contra los mismos, elevándose a definitivos, conforme a lo dispuesto en los artículos 177.2 y 179.4 en relación con el 169 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, el siguiente:

Acuerdo nº 172/16

Primero: Modificar el Plan Estratégico de Subvenciones para facilitar el pago anticipado de la subvención proyectada para la Fundación Secretariado Gitano por 15.000 €.

Segundo: Modificar el Plan Estratégico de Subvenciones para facilitar el pago anticipado a la Fundación Red de Apoyo a la Integración Social RAIS por 30.000 €, al tiempo que cambio en la denominación de su Proyecto como Itinerarios Integrados de Inclusión Socio Laboral para la Población Gitana.

Tercero: Modificar el Plan Estratégico de Subvenciones en lo relativo a la Subvención a CESCO (Proyecto Hombre) prevista con calendario de ejecución 2016, para subvencionar lo desarrollado en 2015, siendo su descripción adecuada la de Atención a Personas en Alto Riesgo de Exclusión Social.

Asimismo, y al verse afectada una Base de Ejecución, la modificación solicitada deberá someterse a los mismos trámites que la aprobación inicial del presupuesto y, en concreto, seguirá las normas sobre información, reclamaciones, recursos y publicidad a que se refieren los artículos 169, 170 y 171 del R.D. Legislativo 2/2004.

Acuerdo nº 173/16

Primero: Aprobar inicialmente la modificación de crédito del Presupuesto del año 2016 mediante la concesión de un crédito extraordinario por importe de 2.500,00 euros en las aplicaciones que a continuación se detallan:

EMPLEOS:

Aplicación

Denominación

Importe

Z A20 9241 48100 0

Igualdad. Premios y Concursos Prom. Igualdad

2.500,00 €

TOTAL

2.500,00 €

RECURSOS:

Concepto

Importe

Baja en la Aplicación Z A20 9242 22799 0

2.500,00 €

TOTAL

2.500,00 €

Segundo: Someter la tramitación del expediente a las normas sobre información, reclamaciones y publicidad establecidos para la aprobación de los presupuestos, según determinan los artículos 177.2 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales y 38 del R.D. 500/90, debiendo ser ejecutivo dentro del mismo ejercicio en que se autorice y considerándose definitivamente aprobado de no existir reclamaciones.

Acuerdo nº 174/16

Primero: Aprobar una transferencia de créditos de acuerdo con el siguiente detalle:

TRANSFERENCIA NEGATIVA:

Código

Aplicación presupuestaria

Importe

Z E16 2312 48902 0

Menores y familia. Actividades de verano

3.000 €

Total Transferencia Negativa

3.000 €

TRANSFERENCIA POSITIVA:

Código

Aplicación presupuestaria

Importe

Z E10 2310 48932 P

Coop. Social. Asoc. Pro-Dchos. Hum. Andalucía.

3.000 €

Total Transferencia Positiva

3.000 €

Segundo: Someter la tramitación del expediente a los mismos requisitos de información, reclamaciones, recursos y publicidad que se establecen para la aprobación de los presupuestos, atendiendo a lo regulado en los artículos 179.4 del R.D. Legislativo 2/2004 y 42 del R.D. 500/90.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 171.1 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, contra los anteriores Acuerdos los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de Sevilla, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el B.O.P. y ello sin perjuicio de que puede ejecutar cualquier acción que se considere conveniente.

Córdoba, a 29 de septiembre de 2016. Firmado electrónicamente por la Teniente de Alcalde-Delegada de Participación Ciudadana, Hacienda, Salud y Consumo y Vivienda, Alba María Doblas Miranda (Decreto núm. 7558/15). Vº Bº: Firma electrónica del Secretario General del Pleno, Valeriano Lavela Pérez.

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