Boletín nº 192 (06-10-2016)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Córdoba
Nº. 5.019/2016
Por el Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria y urgente celebrada el día 17 de junio de 2016, se adoptó el acuerdo 166/16, de aprobación inicial de modificación de crédito del Presupuesto del año 2016.
Habiendo transcurrido el plazo establecido, no se ha presentado reclamación alguna contra el mismo, elevándose a definitivo, conforme a lo dispuesto en el artículo 179.4 en relación con el 169 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, el siguiente:
Acuerdo nº 166/16
Primero: Aprobar una transferencia de créditos de acuerdo con el siguiente detalle:
TRANSFERENCIA NEGATIVA:
Código |
Aplicación presupuestaria |
Importe |
Z E16 2312 48902 0 |
Menores y Familia. Actividades de Verano |
6.000 € |
Total Transferencia Negativa |
6.000 € |
TRANSFERENCIA POSITIVA:
Código |
Aplicación presupuestaria |
Importe |
Z E10 2310 48932 P |
Coop Social. Asoc. Pro Derechos Hum. Andalucía |
6.000 € |
Total Transferencia Positiva |
6.000 € |
Segundo: Someter la tramitación del expediente a los mismos requisitos de información, reclamaciones, recursos y publicidad que se establecen para la aprobación de los presupuestos, atendiendo a lo regulado en los artículos 179.4 del R.D. Legislativo 2/2004 y 42 del R.D. 500/90.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 171.1 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, contra los anteriores Acuerdos los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de Sevilla, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el B.O.P. y ello sin perjuicio de que puede ejecutar cualquier acción que se considere conveniente.
Córdoba a 29 de septiembre de 2016. Firma electrónica de la Teniente de Alcalde-Delegada de Participación Ciudadana, Hacienda, Salud y Consumo y Vivienda, Alba María Doblas Miranda (Decreto núm. 7558/15). Vº Bº: Firma electrónica del Secretario General del Pleno, Valeriano Lavela Pérez.