Boletín nº 195 (11-10-2016)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 4.002/2016

Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 530/2016. Negociado: IR

De: Don Claudio Antonio Ruiz Camargo, don Rafael Mesones Cortés, don Jesús Lara Bernal, don Francisco Espejo Pascual, don Alfonso Guzmán Trinidad y don Rafael Javier Berni Mellado

Abogada: Doña Dolores del Carmen de Toro García

Contra: Matricor S.L., Matrimad S.L., Industria Cordobesa del Frío Fricold S.L., Eulen ETT Flexiplan, Empleabilidad y Trabajo Temporal ETT S.L., Tubefac S.L. y Fondo de Garantía Salarial

 

DOÑA MARINA MELÉNDEZ-VALDÉS MUÑOZ, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE CÓRDOBA HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 530/2016, a instancia de la parte actora don Claudio Antonio Ruiz Camargo, don Rafael Mesones Cortés, don Jesús Lara Bernal, don Francisco Espejo Pascual, don Alfonso Guzmán Trinidad y don Rafael Javier Berni Mellado contra Matricor S.L., Matrimad S.L., Industria Cordobesa del Frío Fricold S.L., Eulen ETT Flexiplan, Empleabilidad y Trabajo Temporal ETT S.L., Tubefac S.L. y Fondo de Garantía Salarial, sobre Procedimiento Ordinario, se ha dictado Resolución del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva

Procede la acumulación a los presentes autos número 530/15 los seguidos ante este Juzgado de lo Social registrados con los números 537, 538, 540, 616 y 617/16, y a instancia de los demandantes don Rafael Mesones Cortés, don Jesús Lara Bernal, don Francisco Espejo Pascual, don Alfonso Guzmán Trinidad y don Rafael Javier Berni Mellado.

Déjese sin efecto los señalamientos acordados en los mismos para el 7 de noviembre y 25 de octubre de 2016 respectivamente, al haber alegados los letrados de Empleabilidad y Trabajo Temporal ETT don Fernando de la Cruz Jiménez y Flexiplan Eulen S.A., don César Espinilla de la Casa, a los que se les tiene por personados en las actuaciones la imposibilidad de comparecer, al coincidir señalamientos, por lo que procede dictar Decreto de nuevo señalamiento.

Notifíquese el presente auto a las partes, haciéndoles saber que contra el mismo cabe Recurso de Reposición ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Así por este Auto, lo acuerdo, mando y firma el Iltmo. Sr. don Antonio Jesús Rodríguez Castilla, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social.

Parte dispositiva

Acuerdo:

Señalar nuevamente los actos de conciliación y convocar a las partes para el próximo día 2 de noviembre de 2016, a las 9:30 horas, para la celebración de los actos de conciliación y juicio, al que deberán acudir con todos los medios de prueba de los que intenten valerse, para el caso de que las partes no lleguen a una avenencia en el acto de conciliación a celebrar ante el Secretario Judicial, si fuera posible, sirviendo el presente Decreto de citación en forma, así como para la Prueba de Interrogatorio de las demandadas, solicitada por los actores y admitidas en proveído anterior.

Dando cumplimiento al Acuerdo de Junta de Jueces de 30-6-2016 celebrada por los Jueces de los Juzgados de lo Social, de los de Córdoba en base a la aprobación del Plan de Refuerzo aprobado por la Sala de Gobierno del TSJA, el presente asunto se señala al referido esfuerzo, en los términos y semanas indicadas.

Cítese a las demandadas Matricor S.L., Matrimad S.L. y Tubefat S.L. mediante Edictos al Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Adviértasele a la Letrada de la parte demandante que deberá solicitar la acumulación de todas las demandas idénticas presentadas a la que hubiera tenido entrada antes en el Registro de Acuerdo con lo establecido en el artículo 28 de la LRJS.

- Respecto de la documental solicitadas en demanda no ha lugar a nueva petición, ya que consta remitida y otra en autos.

Dése cuenta a S.Sª del señalamiento acordado a los efectos del artículo 182 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Modo de impugnación: Mediante Recurso de Reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Y para que sirva de notificación a las demandadas Matricor S.L., Matrinad S.L. y Tubefac S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 1 de septiembre de 2016. Firmado electrónicamente por la Letrada de la Administración de Justicia, Marina Meléndez-Valdés Muñoz.

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