Boletín nº 200 (19-10-2016)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Fuente Palmera

Nº. 5.190/2016

ANUNCIO DE APROBACIÓN DE BASES PARA LA PROVISIÓN MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN DE UNA PLAZA DE FUNCIONARIO DE CARRERA AUXILIAR ADMINISTRATIVO VACANTE EN EL AYUNTAMIENTO DE FUENTE PALMERA (CÓRDOBA).

Don Francisco Javier Ruiz Moro, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Fuente Palmera (Córdoba), hace saber:

Que esta Alcaldía ha dictado el Decreto nº 1779/2016, de 14 de octubre, que literalmente dice:

Decreto 1779/2016

Visto que en la Plantilla de Personal de Ayuntamiento consta vacante un puesto de trabajo de funcionario de carrera Auxiliar Administrativo, que ha de ser provisto definitivamente mediante el correspondiente procedimiento de selección de personal.

Visto que es urgente e inaplazable satisfacer la necesidad de personal del Ayuntamiento para garantizar la prestación de servicios la ciudadano y el funcionamiento de una Administración que arrastra de manera evidente los problemas derivados de un número de personal insuficiente para el volumen de trabajo existente.

Visto que los principios rectores del acceso al empleo público disponen que todos los ciudadanos tienen derecho al acceso al empleo público de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, y que Las Administraciones Públicas seleccionarán a su personal mediante procedimientos en los que se garanticen, además de los principios constitucionales, los principios de publicidad de las convocatorias y de sus bases, transparencia, imparcialidad y profesionalidad de los miembros de los órganos de selección, independencia y discrecionalidad técnica en la actuación de dichos órganos, adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones o tareas a desarrollar y agilidad en los procesos de selección.

Visto que el trámite de aprobación de las Bases de selección de personal y la publicidad de la convocatoria es el primer trámite del procedimiento de selección que garantiza el cumplimiento de dichos principios, junto con el propio sistema selectivo de concurso oposición, acorde con lo dispuesto en el RDLeg. 5/2015, de 30 de octubre, que aprueba el TR del Estatuto Básico del Empleado Público.

Visto lo dispuesto en los artículos 88, del RDLeg. 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el TR del Estatuto Básico del Empleado Público, y 64.3, de RD 364/1995, de 10 de marzo.

Visto lo dispuesto en el artículo 21.1. g) y h), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, he resuelto:

Primero: Aprobar las Bases reguladoras del procedimiento de selección de personal para la provisión de un puesto de trabajo de Funcionario de la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar Administrativo, vacante en la plantilla de personal del Ayuntamiento de Fuente Palmera (Córdoba), que literalmente dicen:

Primera. Objeto de la convocatoria

Las presentes Bases tienen por objeto regular el procedimiento de selección de personal para la provisión de un puesto de trabajo de Funcionario de la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar Administrativo, vacante en la Plantilla de Personal del Ayuntamiento de Fuente Palmera, correspondiente a la Oferta Parcial de Empleo Público del año 2015, aprobada por Decreto de la Alcaldía nº 1404/2015, de 7 de agosto, de conformidad con lo dispuesto en el RDLeg. 5/2015, de 30 de octubre, que aprueba Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.

Segunda. Características del puesto de trabajo

El puesto de trabajo está clasificado en el Grupo C, Subgrupo C2, Escala de Administración General, Subescala de Auxiliar Administrativo.

La titulación requerida para participar en el procedimiento de selección es la de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o titulación equivalente.

Tercera. Condiciones de admisión de los aspirantes

Para participar en el proceso selectivo será necesario reunir los requisitos que a continuación se indican, de acuerdo con las condiciones generales de capacidad que las disposiciones legales vigentes exigen para el ingreso al servicio de la Administración Local:

a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del RDLeg. 5/2015, de 30 de octubre, que aprueba Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas asignadas al puesto de trabajo.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en situación de inhabilitación absoluta o especial para ocupar empleo o cargo público por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.

e) Poseer la titulación exigida en la base primera (Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Graduado Escolar, Bachiller Elemental, Formación Profesional de primer grado, o equivalente).

Los requisitos enumerados en esta base deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse mientras continúe el proceso de selección hasta el como funcionario de carrera.

Cuarta. Forma y plazo de presentación de solicitudes

Las presentes Bases serán publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia y el anuncio de la convocatoria será publicado en el Boletín Oficial del Estado. El resto de anuncios que requiera el proceso selectivo, serán publicados en el Tablón de Anuncios y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento, sin perjuicio de su publicación en los periódicos oficiales, en su caso.

Las solicitudes para tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso, que constan como Anexo II de las presentes Bases, se presentarán en el Registro General de Entrada de Documentos del Ayuntamiento en el plazo de 20 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de las presentes Bases en el Boletín Oficial del Estado, por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, reguladora del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La solicitud deberá ir acompañada por los siguientes documentos:

1. Fotocopia simple del DNI o, en su caso, pasaporte.

2. Fotocopia simple del titulo exigido para participar en el proceso.

3. Fotocopia compulsada de los documentos acreditativos de los méritos y circunstancias alegados a los que se refiere la Base Octava B.

4. Resguardo acreditativo de haber ingresado en algunas de las cuentas bancarias designadas en la solicitud un importe de 9,60 euros en concepto de derechos de examen (artículo 6.11.c. de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Expedición de Documentos Administrativos, publicada en el BOP nº 166/2006, de 13 de septiembre).

Quinta. Aprobación provisional de la lista de aspirantes admitidos y excluidos

Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará una Resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de los motivos de exclusión. Dicha Resolución, que se publicará en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y en la página web municipal, dispondrá la apertura de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación en el Tablón de Edictos, para que los aspirantes excluidos puedan presentar las subsanaciones y alegaciones que estimen oportunas.

Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanaren dichos defectos, quedarán definitivamente excluidos de la convocatoria.

Sexta. Aprobación definitiva de la lista de aspirantes admitidos y excluidos

Transcurrido el plazo establecido en la Base anterior, la Alcaldía dictará una Resolución declarando aprobada la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en la forma indicada anteriormente.

En la misma Resolución se dispondrá la designación concreta de los miembros titulares y suplentes del Tribunal, el lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio y, en su caso, el orden de actuación de los aspirantes.

Dicha Resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida por los interesados, potestativamente, mediante la interposición de un Recurso de Reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes, computados de la misma forma, o mediante la interposición de un Recurso Contencioso-Administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, en la forma y plazos establecidos en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Séptima. Tr

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