Boletín nº 202 (21-10-2016)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Fuente Obejuna

Nº. 5.226/2016

CONVOCATORIA SUBVENCIONES FOMENTO NATALIDAD: AYUDA AL NACIMIENTO O ADOPCIÓN DE HIJO DURANTE 2015

BDNS (Identif.): 320150

Extracto de la Resolución de Alcaldía de fecha 18 de octubre de 2016 por la que se convocan subvenciones en materia de nacimiento y adopción de hijo para el año 2015, por el procedimiento de concurrencia competitiva.

De conformidad con lo previsto en los arts. 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (<a href="http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans">http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans</a>).

Primero. Beneficiarios

Podrán solicitar esta subvención los progenitores o adoptantes del niño/s, titulares del Libro de Familia en el que figure registrado su nacimiento o adopción ya sean españoles o extranjeros, que lleven al menos 1 año empadronados en el término municipal de Fuente Obejuna. Si en el Libro de Familia figurase un solo progenitor o adoptante, será éste el único beneficiario. Asimismo, tendrá la condición de beneficiario el progenitor o adoptante titular del Libro de Familia que convive con el hijo/s que motiva/n esta ayuda tanto en los casos de nulidad, separación, divorcio o en los supuestos en los que el hijo/s estén, exclusivamente, a cargo del solicitante.

Segundo. Objeto

La subvención tiene por finalidad la ayuda al nacimiento o adopción de hijo durante el año 2015 para el fomento de la natalidad.

Tercero. Bases reguladoras

Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones serán publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, en la BDNS y estarán disponibles en la página web del Ayuntamiento así como en su tablón de anuncios.

Cuarto. Cuantía de la ayuda

La cuantía de la subvención es de 200 € por hijo, siendo la cuantía máxima total consignada para satisfacer las solicitudes que se presenten con motivo de la convocatoria de 3.000 €.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como Anexo de la convocatoria. Se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro de entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, en el plazo de un mes desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

Sexto. Documentación a presentar

La solicitud deberá ir acompañada de los siguientes documentos originales y fotocopia para su debida compulsa:

a) D.N.I. de los progenitores, o N.I.E. en el supuesto de que sean extranjeros residentes o en su caso, certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros

b) Libro de Familia.

c) En los supuestos de nulidad, separación o divorcio se presentará el convenio regulador o sentencia judicial de nulidad, separación o divorcio.

d) En los supuestos de familias monoparentales, si en el Libro de Familia constan dos progenitores, documentación acreditativa de que el menor está a cargo, exclusivamente, del solicitante.

e) En el supuesto de adopción internacional, Resolución judicial o administrativa acreditativa de la misma.

f) Certificado acreditativo de la titularidad de la cuenta bancaria en que se solicita se efectúe el ingreso de la ayuda.

g) Autorización al Ayuntamiento para solicitar de la A.E.A.T. información relativa a los ingresos de todas las personas que integran la unidad familiar, así como estar al corriente del cumplimiento de obligaciones con la Seguridad Social.

h) Declaración de no estar incurso en supuestos del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

i) Fotocopia de la Declaración o Declaraciones de la Renta del ejercicio 2014, de todos los miembros de la unidad familiar obligados a presentarla, efectuada por la entidad donde ha sido presentada.

j) Si se trata de perceptores del Subsidio de Desempleo, aportará Certificación de la Oficina de Empleo justificativo de las prestaciones y Subsidio de Desempleo cobrado durante 2014.

k) Los trabajadores por cuenta ajena deberán aportar certificación de las Empresas acreditativas de los ingresos habidos durante 2014.

Toda la documentación expedida en idioma extranjero deberá ir acompañada de la traducción oficial correspondiente.

Fuente Obejuna a 18 de octubre de 2016. Firmado electrónicamente: La Alcaldesa, Silvia Mellado Ruiz.

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