Boletín nº 205 (27-10-2016)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 3
Córdoba
Nº. 5.139/2016
Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba
Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 93/2016
De: Doña Anais Acosta Andicoberry
Abogado: Don Antonio Muñoz Centella
Contra: Benavente Sánchez Catering SL
DOÑA MARINA MELÉNDEZ-VALDÉS MUÑOZ, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE CÓRDOBA, HACE SABER:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 211/16 (ejecución 93/16), a instancia de la parte actora doña Anais Acosta Andicoberry contra la empresa Benavente Sánchez Catering SL, se ha dictado Auto de fecha 19-9-16, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
S.Sª. Iltma. Dijo: Procédase a la ejecución de la sentencia por la suma de 11.106,90 euros de principal (10.335,72 euros de principal, más 771,18 euros en concepto de interés de demora), más la de 555,34 euros calculados para intereses y 1.110,60 euros presupuestados para costas, y habiendo sido declarada la ejecutada en insolvencia provisional, dése audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial a fin de que, en el plazo de cinco días, insten la práctica de la diligencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones de la deudora que puedan ser objeto de embargo.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe Recurso de Reposición, sin perjuicio del derecho de la ejecutada a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.
Así por este Auto, lo acuerdo, mando y firma el Iltmo. Sr. Don Antonio Jesús Rodríguez Castilla, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba. Doy fe.
Y para que sirva de notificación a la demandada Empresa Benavente Sánchez Catering SL, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 19 de septiembre de 2016. Firmado electrónicamente por la Letrada de la Administración de Justicia, Marina Meléndez-Valdés Muñoz.