Boletín nº 206 (28-10-2016)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Hornachuelos

Nº. 5.083/2016

Finalizado el plazo de presentación de reclamaciones y/o sugerencias contra el acuerdo de aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza municipal reguladora de prestación de ayudas de emergencia social, sin que se haya presentado alguna, queda elevado a definitivo dicho acuerdo adoptado en la sesión celebrada por el Pleno el día 28 de julio de 2016.

A los efectos previstos en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y ante la ausencia de reclamaciones durante el plazo de su exposición pública, dicha modificación ha quedado definitivamente aprobada como a continuación se transcribe:

El artículo 16.4 queda redactado de la siguiente manera:

El Alcalde-Presidente, visto el informe social y el Acta de la Comisión Valoradora, en su caso, resolverá la adjudicación de las ayudas de emergencia social en el plazo máximo de tres meses. Si transcurrido este plazo no obtiene contestación, se considerará desestimada. No obstante y dada la naturaleza de las ayudas, se intentará resolver todas y cada una de las solicitudes en el menor tiempo posible.

Hornachuelos, a 7 de octubre de 2016. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa-Presidenta, María del Pilar Hinojosa Rubio.

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