Boletín nº 206 (28-10-2016)
VIII. Otras Entidades
Comunidad de Regantes
Maruanas-Charco Riañez
El Carpio (Córdoba)
Nº. 5.157/2016
Se hace saber que no habiendo podido practicar directamente a los comuneros que se relacionan a continuación, la notificación de la providencia de apremio dictada por el Presidente de la Comunidad de Regantes Maruanas Charco Riáñez, el 3 de diciembre de 2015, por haber resultado infructuosa dicha notificación en diversos intentos realizados en días y horas diferentes, habiendo constancia de cada circunstancia en los correspondientes expediente números 4/14 y 5/14 seguidos en esta Recaudación Ejecutiva, donde consta la Providencia de Apremio que liquida el recargo de apremio del veinte por ciento y ordena que se proceda ejecutivamente contra el patrimonio de los deudores, conforme disponen los artículos 106 y ss. del Reglamento General de Recaudación, se publica este edicto, se notifica la Providencia de Apremio y se les hace saber, que contra la misma cabe Recurso de Reposición o Reclamación Económico-Administrativa en el plazo de quince días ambos ante el Tribunal competente, sin que puedan simultanearse, pudiendo suspenderse el apremio conforme el artículo 101 del Reglamento General de Recaudación, aplazarse o fraccionarse el pago, conforme al artículo 48, impugnarse por pago, extinción, prescripción, aplazamiento o falta de notificación, siendo el lugar de pago la cuenta de la Recaudación comunicada en el acto de requerimiento de pago, devengando los intereses de demora y costas correspondientes y siendo el plazo de pago hasta el 20 del mes en las notificaciones entre el 1 y 15 y hasta el 5 del mes siguiente en las notificaciones entre el 16 al último del mes.
Deudores:
-Ana Jodral Grande y Rocío Jodral Grande, con domicilio en Córdoba, Plaza Mármol de Bañuelos, número 4.
-JG 2000 S.L., con domicilio en Córdoba, Plaza Mármol de Bañuelos, número 4.
Importe de la deuda a cada deudor: 2.580,13 €, más 516 € del recargo de apremio.
Por lo tanto Ana Jodral Grande y Rocío Jodral Grande adeudan solidariamente un total de 3.096 y JG 2000 SL adeuda un total de 3.096,15 €.
Parcelas afectas por la deuda: Parcelas 35 y 47 del Polígono 6 del Catastro Municipal.
Transcurridos ocho días desde la publicación sin personarse se les tendrá por notificados de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice el procedimiento de recaudación, sin perjuicio del derecho que les asiste a comparecer y de los recursos que cabe interponer.
Lo firma en Córdoba, a 3 de octubre de 2016. El Recaudador Ejecutivo, Luis Bernardo de Quirós Fernández.