Boletín nº 207 (31-10-2016)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 5.356/2016

Por el Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 16 de septiembre de 2016, se adoptó el acuerdo 219/16, de aprobación inicial de modificaciones de crédito del Presupuesto del año 2016.

Habiendo transcurrido el plazo establecido, no se ha presentado reclamación alguna contra el mismo, elevándose a definitivo, conforme a lo dispuesto en el artículo 177.2 en relación con el 169 del RDL 2/2004 de 5 de marzo, el siguiente:

Acuerdo número 219/16

Primero. Aprobar inicialmente la modificación de crédito del Presupuesto del año 2016 mediante la concesión de un crédito extraordinario por importe de 124.999,05 euros en las aplicaciones que a continuación se detallan:

EMPLEOS:

APLICACIÓN

DENOMINACIÓN

IMPORTE

Z E15 2319 64100 P

SERV. SOC. MAYORES. APLIC. INFORMÁTICAS

(PROYECTO 2016/2/PRMAY/231)

124.999,05 €

TOTAL

124.999,05 €

RECURSOS:

CONCEPTO

IMPORTE

BAJA EN LA APLICACIÓN Z E12 2319 62200 0 (PROYECTO 2001/2/ACM/313)

90.390,76 €

BAJA EN LA APLICACIÓN Z E12 2319 61000 0 (PROYECTO 2001/2/RCM/313)

34.608,29 €

TOTAL

124.999,05 €

Segundo: Someter la tramitación del expediente a las normas sobre información, reclamaciones y publicidad establecidos para la aprobación de los presupuestos, según determina el artículo 177.2 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales y 38 del RD 500/90, considerándose definitivamente aprobado de no existir reclamaciones.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 171.1 del RDL 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, contra el anterior Acuerdo los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de Sevilla, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia y ello sin perjuicio de que puede ejecutar cualquier acción que se considere conveniente.

Córdoba, a 25 de octubre de 2016. Firmado electrónicamente por la Teniente de Alcalde-Delegada de Participación Ciudadana, Hacienda, Salud y Consumo y Vivienda, Alba María Doblas Miranda (Decreto Número 7558/15). VºBº Firma electrónica del Secretario General del Pleno. Valeriano Lavela Pérez.

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