Boletín nº 221 (21-11-2016)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de La Rambla
Nº. 5.671/2016
Don Alfonso Osuna Cobos, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de la Ciudad de la Rambla (Córdoba), hace saber:
Que aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 28 de septiembre de 2016, el Expediente de Modificación del Presupuesto General de la Corporación para el ejercicio 2016, Crédito Extraordinario Núm. 02/2016, seguidamente trascrito, y habiendo permanecido expuesto durante quince días hábiles sin que se haya presentado alegación o reclamación alguna, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, se considera definitivamente aprobado el mismo.
EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITO NÚMERO 02/2016
I. CRÉDITOS A CONSIGNAR EN EL PRESUPUESTO
Partida |
Concepto Reforma Naves Serpa |
Importe |
4590 632.01 |
Reforma Naves Serpa |
44.135,02 |
II. FINANCIACIÓN DE LA MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA
Concepto |
Importe |
Remanente líquido de tesorería afectado a PMS |
44.135,02 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos establecidos en la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En La Rambla, a 15 de noviembre de 2016. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Alfonso Osuna Cobos.