Boletín nº 229 (01-12-2016)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 5.718/2016

Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 657/2016. Negociado: V

De: Dª Ángela Mesones Calvillo

Abogado: Dª Ana María Galán Romero

Contra: Dobate Alimentación S.L. y FOGASA

 

DOÑA MARINA MELÉNDEZ-VALDÉS MUÑOZ, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE CÓRDOBA, HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 657/2016, a instancia de la parte actora Dª. Ángela Mesones Calvillo contra Dobate Alimentación S.L. y FOGASA sobre Procedimiento Ordinario, se ha dictado Sentencia de fecha 2 de noviembre de 2016, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Que estimando la demanda formulada por Dª Ángela Mesones Calvillo, contra la empresa Dobate Alimentación, S.L., debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a la actora la suma de SEIS MIL DOSCIENTOS NUEVE EUROS CON SETENTA Y SIETE CÉNTIMOS DE EURO (6209,77 euros) en concepto de principal, SEISCIENTOS VEINTE EUROS CON NOVENTA Y SIETE CÉNTIMOS DE EUROS (620,97 euros) de interés de demora y las costas en los términos indicados en el FD 4º de esta resolución.

Notifíquese esta Sentencia en legal forma a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer Recurso de Suplicación para ante la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el término de cinco días hábiles a partir del de la notificación y por conducto de este Juzgado.

En la interposición del recurso y en aplicación de la Sentencia del Tribunal Constitucional 140/2016 en relación con la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia, no procede la exigencia de tasa judicial hasta tanto no se regule (en su caso) la nueva cuota tributaria correspondiente.

Así por esta mí Sentencia, cuyo original se archivará en el Libro de Sentencias, lo pronuncio, mando y firmo.

 Y para que sirva de notificación a la demandada Dobate Alimentación S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

Córdoba a 9 de noviembre de 2016. Firmado electrónicamente: La Letrada de la Administración de Justicia, Marina Meléndez-Valdés Muñoz.

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