Boletín nº 229 (01-12-2016)
VI. Administración Local
Diputación de Córdoba
Nº. 5.909/2016
ANUNCIO DE AVOCACIÓN Y RECTIFICACIÓN
Rectificación del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares del Expediente (CE 41/2016) para la Contratación de las Obras de Fuente Tójar. Segunda Fase de la Mejora y Ampliación de la Red de Agua, mediante procedimiento abierto y concesión de nuevo plazo de presentación de ofertas.
Las obras de referencia fueron aprobadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de esta Diputación Provincial en sesión ordinaria celebrada el 10 de noviembre de 2016, y fueron objeto de anuncio de licitación que se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, en el Perfil del contratante de esta Corporación y en la Plataforma de Contratación del Sector Público, el día 21 de noviembre de 2016.
Primero. Detectado error en los Anexos nº 2 y 3 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP en lo sucesivo), de conformidad con el artículo 109 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se realizan las rectificaciones correspondientes mediante Decreto de la Presidencia de fecha 24 de noviembre de 2016. En el citado Decreto en primer lugar se avoca la competencia delegada en la Junta de Gobierno por Decreto de la Presidencia de 8 de julio de 2015, en lo concerniente a la rectificación de los Anexos 2 y 3 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares del contrato de referencia, en virtud de lo establecido en los artículos 116 del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y del el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Segundo. Se rectifican Anexos nº 2 y 3 del PCAP:
- Anexo nº 2 del PCAP, en concreto el punto 2.2. Medios de Acreditación de Solvencia Técnica y Profesional.
Donde dice:
- Jefe de Obra que posea titulación de Ingeniero Técnico de Obras Públicas o Ingeniero Civil o equivalente (Técnico medio con la titulación, cualificación y especialización adecuadas a la naturaleza de la obra), con experiencia en obras similares de 5 años, como mínimo.
- Encargado de obra civil con experiencia en obras similares de 10 años.
Debe decir:
- Jefe de Obra que posea titulación de Ingeniero Técnico de Obras Públicas o Ingeniero Civil o equivalente (Técnico medio con la titulación, cualificación y especialización adecuadas a la naturaleza de la obra), con experiencia en obras similares de 5 años, como mínimo.
- Ingeniero Técnico en Topografía, con experiencia en obras similares de 5 años.
- Encargado de obra civil con experiencia en obras similares de 10 años.
- Anexo nº 3 del PCAP, en concreto en el punto B) 2 b) relativo al criterio de valoración Compromiso de destinar un porcentaje superior al 1% del PEM del presupuesto del proyecto, a la realización de ensayos de Control de Recepción.
Donde dice:
Se valorará que el licitador se comprometa a llevar a cabo ensayos de Control de Recepción de los materiales y unidades de obra a su costa, destinando un porcentaje del Presupuesto de Ejecución Material (PEM) del Presupuesto del proyecto, superior al mínimo del 1% ya previsto en el mismo, de acuerdo con la siguiente baremación:
- Al mayor porcentaje ofertado de entre todos los licitadores: 3 puntos.
- Resto de propuestas de compromiso de incremento: puntuación por interpolación lineal de 0 a 3 puntos.
La puntuación de este apartado se efectuará con dos decimales.
Debe decir:
Se valorará que el licitador se comprometa a llevar a cabo ensayos de Control de Recepción de los materiales y unidades de obra a su costa, destinando un porcentaje del Presupuesto de Ejecución Material (PEM) del Presupuesto del proyecto, superior al mínimo del 1% ya previsto en el mismo, y al 2% adicional como máximo (3% máximo total), de acuerdo con la siguiente baremación:
- Al mayor porcentaje ofertado de entre todos los licitadores, como máximo 2% adicional: 3 puntos.
- Resto de propuestas de compromiso de incremento: puntuación por interpolación lineal de 0 a 3 puntos.
La puntuación de este apartado se efectuará con dos decimales.
- Anexo nº 3 del PCAP, en concreto en el punto B) 2 c) relativo al criterio de valoración Compromiso de ampliación del plazo de garantía.
Donde dice:
Se valorará el compromiso de ampliación del plazo de garantía legal por encima del mínimo previsto en el presente PCAP, en la totalidad de las unidades del proyecto, incluyendo todas las instalaciones, equipamientos e infraestructuras propias del objeto del contrato, de acuerdo con la siguiente baremación:
- A la ampliación de plazo máximo ofertado de entre todos los licitadores del plazo de garantía por parte del licitador: 2 puntos.
- Resto de propuestas de compromiso de mejora: puntuación por interpolación lineal de 2 a 0 puntos.
La puntuación de este apartado se efectuará con dos decimales.
Debe decir:
Se valorará el compromiso de ampliación del plazo de garantía legal por encima del mínimo previsto en el presente PCAP (12 meses), en la totalidad de las unidades del proyecto, incluyendo todas las instalaciones, equipamientos e infraestructuras propias del objeto del contrato, hasta un máximo de 24 meses adicionales (36 meses máximo en total) de acuerdo con la siguiente baremación:
- A la ampliación de plazo máximo ofertado de entre todos los licitadores del plazo de garantía por parte del licitador (máximo 24 meses): 2 puntos.
- Resto de propuestas de compromiso de mejora: puntuación por interpolación lineal de 2 a 0 puntos.
La puntuación de este apartado se efectuará con dos decimales.
Tercero. Debido a la naturaleza de los errores, conceder un nuevo plazo de presentación de ofertas de 26 días naturales a contar desde el mismo día de la publicación de la presente rectificación en el BOP de Córdoba, en el perfil del contratante de esta Diputación provincial y en la Plataforma de Contratación del Sector Público.
Este documento del que está conforme con sus antecedentes, la Adjunta a la Jefatura del Servicio de Contratación y Gestión Técnica Patrimonial, Carmen Luque Fernández, lo firma electrónicamente en Córdoba, a 28 de noviembre de 2016, el Presidente, Antonio Ruiz Cruz.