Boletín nº 237 (15-12-2016)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Belalcázar
Nº. 6.034/2016
Don Francisco Luis Fernández Rodríguez, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Belalcázar (Córdoba), hace saber:
Que no habiéndose formulado reclamación o alegación alguna contra el expediente de Congelación de las Ordenanzas Fiscales Municipales para el año 2017 y la aprobación provisional de la reducción del 20% para el año 2017 en la cuota de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras; en la cuota de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Ocupación de la Vía Pública (por andamios, escombros y materiales de construcción); y en la cuota de la Tasa por Licencias de Apertura, expediente aprobado provisionalmente por el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 29 de septiembre de 2016, se entiende definitivamente aprobado el acuerdo adoptado, conforme al artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, pudiéndose interponer contra el mismo Recurso Contencioso-Administrativo a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha Jurisdicción.
Belalcázar, a 2 de diciembre de 2016. El Alcalde, Fdo. Francisco Luis Fernández Rodríguez.