Boletín nº 238 (16-12-2016)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Doña Mencía

Nº. 6.057/2016

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de fecha 27 de septiembre de 2016, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 5-2016 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario, financiado mediante anulaciones de créditos de otras aplicaciones del Presupuesto vigente no comprometidas, expediente cuyo detalle es el siguiente:

Altas en aplicaciones de gastos

Aplicación

Descripción

Euros

4630.480.00

Investig. científica, técnica y aplicada. Transf. corriente a familias e instituciones sin fines de lucro.

8.000,00

TOTAL GASTOS

8.000,00

Modificación que se financia con cargo a anulaciones de créditos de otras aplicaciones del Presupuesto vigente no comprometidas, en los siguientes términos

Anulaciones en aplicaciones de gastos

Aplicación

Descripción

Euros

2313.490.00

Cooperación al desarrollo. Transferencias al exterior

8.000,00

TOTAL GASTOS

8.000,00

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

Doña Mencía, a 14 de diciembre de 2016. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa sustituta, Carmen Romero Villa.

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