Boletín nº 246 (29-12-2016)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 6.084/2016

Ref. OE-128/13-16

CONVOCATORIA PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD DE 14 PLAZAS DE POLICIA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CORDOBA, MEDIANTE EL SISTEMA DE OPOSICION EN TURNO LIBRE, Y CONCURSO DE MÉRITOS EN TURNO DE MOVILIDAD, INCLUIDAS EN LA OFERTAS PÚBLICAS DE EMPLEO DE 2013 Y 2016

BASES

I. Objeto de la convocatoria

Primera. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de 12 plazas de Policía, mediante el sistema de Oposición en turno Libre, y 2 plazas de Policía, mediante el sistema de Concurso de Méritos, en turno de Movilidad horizontal o sin ascenso, todas ellas vacantes en la plantilla funcionarial de este Ayuntamiento, pertenecientes a la Escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, Clase Policía Local, Escala Básica, Categoría de Policía del Cuerpo de la Policía Local, dotadas presupuestariamente con las retribuciones correspondientes al Subgrupo C-1, pagas extraordinarias, trienios y demás emolumentos que correspondan con arreglo a la legislación vigente.

Las plazas citadas adscritas a la Escala Básica, conforme determina el artículo 18 de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales, se encuadran, de acuerdo con la Disposición Transitoria Tercera 2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, transitoriamente en el Grupo C, Subgrupo C1, y son resultantes de la Oferta de Empleo Público de los años 2013 y 2016. Los códigos de las plazas convocadas correspondientes a la OE 2013, son los siguientes: 629 y 613. Los códigos de las plazas convocadas correspondientes a la OE 2016, son los siguientes 731, 847, 678, 689, 751, 648, 539, 906, 910, 603, 692, y 909.

En su caso, si las vacantes convocadas para movilidad no se pudieran proveer por falta de solicitantes o porque fuesen declaradas desiertas, se acumularán al turno libre.

II. Requisitos de los/as aspirantes

Segunda. Los/as aspirantes que concurran a esta convocatoria mediante el turno libre deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Nacionalidad española.

b) Tener cumplidos dieciocho años de edad y no haber cumplido la edad de jubilación forzosa.

c) Poseer una estatura mínima de 1,65 metros para los hombres y 1,60 metros, para las mujeres. Estarán exentos de cumplir este requisito los/as aspirantes que sean funcionarios/as de carrera de algún cuerpo de la Policía Local de Andalucía.

d) Estar en posesión del Título de Bachiller, Técnico Superior de Formación Profesional o equivalente (deberá acreditarse la equivalencia).

e) Estar en posesión del permiso de conducción clase A y clase B.

f) Compromiso de conducir vehículos policiales en concordancia con el apartado anterior

g) Compromiso de portar armas y utilizarlas cuando legalmente sea preceptivo.

h) No haber sido condenado/a por delito doloso ni separado/a del servicio del Estado, de la Administración Autónoma, Local o Institucional ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas. No obstante será aplicable el beneficio de la rehabilitación de acuerdo con las normas penales y administrativas, si el interesado lo justifica.

Tercera. Los/as aspirantes que concurran a esta convocatoria mediante el turno de movilidad horizontal o sin ascenso deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser funcionarios/as de carrera en situación administrativa de servicio activo en la categoría a la que aspiren.

b) Antigüedad de al menos cinco años en plaza de Policía en otro Cuerpo de la Policía Local de Andalucía. en dicha categoría.

c) No hallarse en situación de segunda actividad por disminución de aptitudes psicofísicas, salvo que esta lo sea por embarazo.

d) Faltar más de 10 años para el cumplimiento de la edad que determinaría el pase a la situación de segunda actividad.

Además, quienes aspiren a participar en esta convocatoria mediante el turno de movilidad, deberán presentar declaración responsable de no haber obtenido plaza en otra convocatoria por el sistema de movilidad en los últimos cinco años, desde la fecha de la toma de posesión en la plaza, o bien, desde la fecha de finalización del plazo de toma de posesión, en el caso de que no hubiesen tomado posesión por circunstancias imputables únicamente a ellos.

Cuarta. Los requisitos establecidos en las bases segunda y tercera deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes, debiendo presentarse junto con el impreso de solicitud los señalados en la Base Sexta.

La acreditación documental de todos los requisitos tendrá lugar en el momento y en la forma establecida en la Base Decimonovena, antes de iniciar el curso de ingreso, salvo el de estatura que lo será en la prueba de examen médico.

III. Solicitudes

Quinta. Las instancias manifestando que se reúnen todos los requisitos exigidos deberán dirigirse a la Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba en el plazo de veinte días hábiles a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria de las plazas en el Boletín Oficial del Estado. Las solicitudes, en cada caso, se podrán presentar:

- Con Certificado Digital:

Cumplimentar el modelo de solicitud que se encuentra publicado en la página https://sede.cordoba.es y presentarla vía telemática y mediante el documento de pago generado en este proceso, efectuar el abono de la tasa establecida 10,53 € en BBK-Cajasur Código IBAN ES98 0237.0210.30.9152455481, quedando ambos automáticamente registrados. Las personas exentas del abono de las tasas en base a lo establecido en la Ordenanza Fiscal nº 100, deberán acreditar el motivo de su exención (situación de desempleo por un periodo superior a un mes, miembros de familias numerosas). No se presentará documento alguno en el Excmo. Ayuntamiento.

- Sin Certificado Digital:

Cumplimentar el modelo de solicitud publicado en la página https://sede.cordoba.es y mediante el documento de pago, generado en este proceso, efectuar el abono de la tasa establecida, 10,53 €, en BBKCajasur Código IBAN ES98 0237.0210.30.9152455481, en concepto de participación en procesos de selección de personal, según se establece en la vigente Ordenanza Fiscal número 100, o en su defecto se acompañará el resguardo del giro postal, telegráfico o transferencia de su abono. Las personas exentas del abono de las tasas en base a lo establecido en la Ordenanza Fiscal nº 100, deberán acreditar el motivo de su exención (situación de desempleo por un periodo superior a un mes, miembros de familias numerosas)

Presentar la solicitud firmada, junto con el justificante del pago efectuado (o en su caso justificante de su exención) y documentos que se citan el la base sexta en el Registro Electrónico General del Ayuntamiento, en los Registros de los Centros Cívicos Municipales o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las solicitudes presentadas a través de las Oficinas de Correos, deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de dicho organismo ante de ser certificadas.

En caso de presentar las instancias en Administración distinta, y al objeto de agilizar el procedimiento, el interesado lo comunicará vía fax (957 49 99 29), o correo electrónico (seleccion@ayuncordoba.es), al departamento de Selección y Formación. Las solicitudes presentadas en soporte papel que presenten enmiendas o tachaduras, serán desestimadas.

Los interesados deberán indicar en la solicitud si participan el turno libre o en el de movilidad.

En ningún caso, el pago de la cantidad que corresponda en concepto de participación en procesos de selección de personal, supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.

No procederá la devolución del importe satisfecho en concepto de participación en procesos de selección de personal en los supuestos de exclusión por causas imputables al interesado.

La no presentación del resguardo original acreditativo del pago de la tasa, determinará la exclusión del aspirante al proceso selectivo.

Sexta. En el impreso de solicitud debidamente cumplimentado, se hará constar que se reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en las bases segunda y tercera de esta convocatoria a fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de solicitudes, comprometiéndose a probar los datos en el momento que le fueran requeridos, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran incurrir por inexactitudes o falsedades en los mismos.

Séptima. En turno de movilidad deberán añadirse los siguientes documentos:

a) Fotocopia del D.N.I.

b) Copia del nombramiento corporativo como funcionario de carrera y Certificación expedida por el Órgano de la Administración con competencia en materia de personal, donde conste la categoría que ostenta y el tiempo de desempeño de dicha categoría, así como situación administrativa en que se encuentra en la que conste no haber sido declarado en situación de segunda actividad, salvo

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