Boletín nº 3 (05-01-2017)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de La Rambla
Nº. 6.252/2016
El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 21 de diciembre de 2016 acordó aprobar definitivamente el Proyecto de Reparcelación Ari Sunco La Aduana, cuyo Promotor es Residencial La Aduana SL.
Conforme a lo establecido en el artículo 101.1 c) 5º de la LOUA, se procede a la publicación íntegra de dicho acuerdo en el BOP y en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento:
5º. URGENCIAS. APROBACIÓN DEFINITIVA PROYECTO DE REPARCELACIÓN ARI SUNCO LA ADUANA. GEX 1897/2013
Previa declaración de su urgencia por unanimidad de los 11 Concejales asistentes a la sesión, de los 13 que de derecho integran la Corporación, y que supone la mayoría absoluta del número legal de miembros de la misma, el Sr. Alcalde-Presidente concede la palabra a la Sra. Secretaria acctal., quien procede a la lectura en extracto a la propuesta de Alcaldía, del siguiente tenor literal:
Habiendo sido aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 29 de junio del corriente año el Proyecto de Reparcelación Ari Sunco La Aduana, cuyo Promotor es Residencial La Aduana SL, representada por don Salvador Sánchez González, siendo los redactores del Proyecto don Francisco Galán Parra (Abogado) y don Joaquín Millán García y don Arturo González Martínez (Arquitectos).
Expuesto al público dicho acuerdo plenario, mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 138, de 20 de julio del corriente año, así como en el Diario El Día de Córdoba, de fecha 18 de julio de 2016, y habiendo transcurrido el plazo de veinte días, sin que durante el mismo plazo haya sido presentada reclamación ni alegación alguna.
Vistos los Informes emitidos por el SAU de fecha 19 de octubre de 2015 y 31 de mayo de 2016, se propone al Ayuntamiento Pleno la adopción de los siguientes
Acuerdos:
1º. Aprobar definitivamente el Proyecto de Reparcelación Ari Sunco La Aduana, cuyo Promotor es Residencial La Aduana SL, representada por Don Salvador Sánchez González.
2º. Publicar dicha aprobación en el Boletín Oficial de la Provincia, un diario de mayor circulación en la provincia y Tablón de anuncios municipal (artículo 101.1c) 5º de la LOUA).
3º. Remitir al Registro de la Propiedad certificación administrativa del acuerdo aprobatorio, solicitando su inscripción, según lo dispuesto en los artículos 113.1 del Reglamento de Gestión Urbanística y 6.1. del RD 1093/1977.
Sometida a votación ordinaria, la propuesta trascrita es aprobada en todos sus términos por unanimidad, de los 11 Concejales asistentes a la sesión, de los 13 que de derecho integran la Corporación, y que supone la mayoría absoluta del número legal de miembros de la misma.
Lo que se hace público para general conocimiento en la ciudad de La Rambla, a la fecha indica en el pie de firma del presente documento.
La Rambla, a 22 de diciembre de 2016. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Alfonso Osuna Cobos.