Boletín nº 3 (05-01-2017)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Villaharta

Nº. 6.339/2016

No habiéndose formulado reclamación alguna contra el expediente de modificación de diversas ordenanzas fiscales, aprobado por el Ayuntamiento Pleno, con carácter provisional el 8 de noviembre de 2016, se entiende definitivamente adoptado el acuerdo, conforme al artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, pudiéndose interponer contra el mismo y a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, Recurso Contencioso Administrativo en la forma y plazos que establezcan las normas reguladoras de dicha jurisdicción.

A continuación se inserta el texto de las Ordenanzas que han sido objeto de modificación, en su nueva redacción.

Fecha y firma digitales

1) ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN SERVICIO DE CEMENTERIO MUNICIPAL

Artículo 6º. Cuota tributaria

La cuota tributaria se determinará por aplicación de la siguientes Tarifas:

2017

Inhumaciones:

En bovedilla

225,73 €

En Panteones

283,78 €

En columbarios

120,00 €

Exhumaciones:

En bovedilla

225,73 €

En hoyos de tierra

240,00 €

En Panteones

283,78 €

En columbarios

120,00 €

-Reinhumaciones:

En todos los casos de apertura de nichos o sepulturas para la colocación de cadáveres y/o restos cadavéricos se deberá satisfacer una tarifa única de 677,20 €, con independencia del número de cadáveres o restos cadavéricos colocados en su interior y siempre que se queden cadáveres o retos cadavéricos colocados en su interior, de lo contrario sólo se liquidarán derechos de exhumación.

-Conducción y traslado de cadáveres y restos cadavéricos:

En todos los casos de conducción y traslado de cadáveres y restos cadavéricos se volverá a satisfacer los derechos que les correspondan a la nueva inhumación o reinhumación además del derecho de exhumación correspondiente.

A otro Cementerio

108,38 €

Dentro del mismo Cementerio

  78,35 €

De otro Cementerio a éste

125,00 €

-Cesión de terrenos y enterramientos:

Por cada bovedilla cedida a perpetuidad

794,00 €

Panteones: Por cada metro cuadrado

525,00 €

Por cada columbario

200,00 €

Queda excluida la posibilidad de concesión de terrenos para la construcción de panteones. No obstante y siempre que se acredite la idoneidad estética o artística del proyecto podrá autorizarse su implantación cuando las dimensiones no excedan la media de los existentes y que se acredite la disponibilidad de suelo.

-Los cambios de titularidad en las concesiones devengarán los siguientes derechos:

Panteones

250,00 €

Resto de localidades de enterramiento

127,72 €

Columbarios

  63,00 €

La gestión del uso, la disposición y orden en que se hayan de producir las cesiones, enterramientos, inhumaciones y exhumaciones, tanto en nichos como columbarios, panteones y hoyos de tierra, corresponderá a la Alcadía, atendiendo a criterios de disponibilidad y racionalidad en la utilización de las unidades disponibles de sepultura, depósito o enterramiento.

2. ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO Y USO DE DIVERSAS INFRAESTRUCTURAS DEPORTIVAS

Artículo 5

-Por la utilización de la pista de Pádel con utilización de la iluminación artificial: 2 euros por cada 90 minutos.

-Por utilización de la pista de Polideportiva Blas Infante al aire libre con iluminación artificial: 2 euros por cada 60 minutos.

Villaharta, a 30 de diciembre de 2016. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad