Boletín nº 7 (12-01-2017)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 6.269/2016

Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 279/2015

De: Don Rafael Flores Cazorla

Abogado: Doña María Mar Jurado Albarracin-Martinon

Contra: Fogasa y Sociedad Cooperativa Andaluza Industrial de Automóviles y Tractores de Córdoba

 

DOÑA MARINA MELÉNDEZ-VALDÉS MUÑOZ, LETRADA DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE CÓRDOBA, HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 609/14 a instancia de la parte actora don Rafael Flores Cazorla contra Sociedad Cooperativa Andaluza Industrial de Automóviles y Tractores de Córdoba se ha dictado Diligencia de Ordenación 16.11.16 y Decreto de Insolvencia 30.11.16 del tenor literal siguiente:

Diligencia de Ordenación de la Letrada de la Administración de Justicia Sra. Doña Marina Meléndez-Valdés Muñoz.

En Córdoba, a dieciséis de noviembre de dos mil dieciséis.

Anterior escrito presentado por el letrado Sr. Ruiz Jiménez a los autos de su razón teniéndose por hechas las manifestaciones en el sentido de que renuncia a la representación de Sociedad Cooperativa Industrial de Automóviles y Tractores de Córdoba por diferencias irreconciliables con su cliente. Dése traslado de dicha renuncia a la referida empresa a los oportunos efectos legales.

Únase asimismo el exhorto remitido al Juzgado de los Social número 2 de Córdoba a los efectos de constancia de que la ejecución 303/15 se ha archivado por pago.

Recabase nuevamente información patrimonial vía telemática, a la vista del estado de las presentes actuaciones de ejecutado.

Modo de Impugnación: Mediante Recurso de Reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Lo acuerdo y firmo. Doy fe. La Letrada de la Administración de Justicia.

Decreto

Letrada de la Administración de Justicia Doña Marina Meléndez-Valdés Muñoz.

En Córdoba, a treinta de noviembre de dos mil dieciséis.

Antecedentes de Hecho

Primero. Rafael Flores Cazorla ha presentado demanda de ejecución frente a Sociedad Cooperativa Andaluza Industrial de Automóviles y Tractores de Córdoba.

Segundo. Se ha dictado auto despachando ejecución en fecha 14.12.15 por un total de 12.227,63 euros en concepto de principal.

Tercero. De las actuaciones practicadas se obtuvo la cantidad de 6.704,60 euros, habiendo quedado reducido el principal reclamado a la suma de 12.227,63 euros, y se ha dado audiencia al Fondo de Garantía Salarial tras el resultado negativo del resto de averiguaciones realizadas, habiéndose efectuado en dos ocasiones distintas las averiguaciones patrimoniales.

Fundamentos de Derecho

Único. Dispone los artículos 250 y 276 de la LRJS que de no tenerse conocimiento de la existencia de bienes suficientes del ejecutado en los que hacer traba y embargo, se practicarán las averiguaciones procedentes y de ser infructuosas, total o parcialmente, el/la Letrado/a de la Administración de Justicia de la ejecución dictará decreto de insolvencia tras oír al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Parte Dispositiva

Acuerdo:

Declarar al/a los ejecutado/s Sociedad Cooperativa Andaluza Industrial de Automóviles y Tractores de Córdoba en situación de insolvencia parcial por importe de 12.227,63 euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Archívese el presente procedimiento dése de baja en los libros correspondientes.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de Impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, artículo 188 LRJS. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el nº de cuenta de este Juzgado nº debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código 31 Social-Revisión. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación recurso seguida del código 31 Social-Revisión. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos. La Letrada de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación al demandado Sociedad Cooperativa Andaluza Industrial de Automóviles y Tractores de Córdoba actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 16 de diciembre de 2016. Firmado electrónicamente por la Letrada de la Administración de Justicia, Marina Meléndez-Valdés Muñoz.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad