Boletín nº 14 (23-01-2017)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Cabra

Nº. 130/2017

El Alcalde de esta ciudad, hace saber:

Que finalizado con fecha 14 de diciembre de 2016 el plazo que en que ha permanecido sometido a información pública el Reglamento de Admisión del Centro de Apoyo al Desarrollo, la Innovación y el Emprendimiento (Centro ADIE) de Cabra, aprobado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de septiembre de 2016, sin que contra el mismo se hayan formulado reclamaciones ni sugerencias de clase alguna, dicho Reglamento se entiende definitivamente aprobado, cuyo texto completo es el que aparece en el Anexo al presente Edicto.

Lo que se hace público para general conocimiento.

El Alcalde, a 16 de diciembre de 2017. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Fernando Priego Chacón.

ANEXO

TÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. Objeto

Este Reglamento tiene por objeto regular el funcionamiento del Centro de Apoyo al Desarrollo, la Innovación y el Emprendimiento (en adelante Centro ADIE) del Ayuntamiento de Cabra, así como los derechos y obligaciones de sus usuarios y beneficiarios.

Corresponde al Pleno del Ayuntamiento de Cabra la aprobación y, en su caso modificación del presente Reglamento.

TÍTULO II

CENTRO DE APOYO AL DESARROLLO, LA INNOVACIÓN Y EL EMPRENDIMIENTO (CENTRO ADIE)

Capítulo I

Definición

Artículo 2. Definición del Centro ADIE

El Centro ADIE se proyecta como un edificio de usos múltiples empresariales que alberga un espacio expositivo para eventos comerciales de todo tipo en planta baja, con algo más de 900 m2 de superficie útil, destinado a dicho uso, así como una incubadora de emprendedores con 10 oficinas individuales, 2 salas de reuniones y 2 salas de formación de diversas superficies, complementando así al hotel de empresas.

Dichos usos irán complementados de una zona de coworking, un nuevo concepto de trabajo en un espacio común que facilite la sinergia y el trabajo conjunto de emprendedores y empresarios de Cabra. También se encuentra dotado de una zona común para uso administrativo en la primera planta.

El Centro ADIE, cederá temporalmente el uso de los despachos profesionales que el Ayuntamiento estime conveniente según las necesidades del servicio a las nuevas empresas beneficiarias y éstas, además podrán disfrutar de una serie de servicios básicos y otros opcionales.

El Centro ADIE se constituye como un espacio físico, de iniciativa pública cuyo objeto es facilitar el establecimiento, arranque y consolidación de nuevas empresas o la viabilidad de empresas ya existentes, para su posterior inserción / potenciación en el mercado.

El objetivo fundamental es el apoyo al surgimiento y continuidad de empresas de reciente creación, proyectos de autoempleo que, por su viabilidad, puedan contribuir en términos económicos, comerciales, de empleo, etc. al desarrollo del municipio, favoreciéndose aquellos que por su interés social o estratégico , así se determinen.

Por otra parte, se pretende desarrollar un tejido empresarial complementario al existente en la estructura económica actual de nuestro municipio.

El Centro ADIE ofrece los siguientes servicios:

" 7 despachos profesionales de una superficie variable entre 10 y 20 m2, equipados con mobiliario y dotados de infraestructuras de iluminación, calefacción, electricidad e instalaciones de telecomunicaciones.

" 1 despacho profesional de uso polivalente, según necesidades del centro, equipado igualmente con mobiliario y dotado de infraestructura de iluminación, calefacción, electricidad e instalación de telecomunicaciones.

" 1 Salas de reuniones.

" 2 Salas de formación.

" 2 despachos profesionales para albergar a una Asociación empresarial sin ánimo de lucro de la ciudad.

" Zonas comunes, áreas y servicios comunes: secretaria, limpieza, mantenimiento, seguridad, fax, fotocopiadora y correo.

" Servicio de asesoramiento empresarial.

Capítulo II

Criterios de admisión

Artículo 3. Beneficiarios

Se considerarán como candidatos prioritarios aquellos proyectos de nueva creación/innovación de negocio, siendo también beneficiarios aquellas empresas en funcionamiento con no más de dos años de antigüedad que se implanten en Cabra, que cumplan los requisitos previos que se expresan en el artículo 4 de este reglamento y cuyo proyecto empresarial sea considerado viable. Serán beneficiarios personas físicas o jurídicas habilitadas legalmente para el ejercicio de las funciones declaradas.

Artículo 4. Requisitos previos

1. El Centro ADIE está destinado a empresas de nueva o reciente creación (con no más de dos años de antigüedad a la fecha de solicitud) que se implanten en Cabra y a aquellas otras empresas que aunque ya consolidadas fuera del municipio vayan a desarrollar una actividad novedosa o innovadora en el mismo (con no más de dos años de antigüedad a la fecha de solicitud).

Para la consideración de empresa de nueva o de reciente creación se tomará la fecha de otorgamiento de la escritura de constitución por parte del correspondiente notario, en caso de sociedades, y para el caso de personas físicas, la fecha más antigua entre la del alta en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos. Se prestará especial atención en la verificación de la antigüedad del negocio declarada.

2. La empresa candidata ha de tener, ya sea persona física o jurídica o comunidades de bienes, la consideración de PYMES, conforme a la normativa de la Unión Europea (Recomendación de la comisión de 6 de mayo de 2003 sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas) y tener el domicilio fiscal en el municipio de Cabra o, en su caso, tengan intención de crear un centro de trabajo en el municipio, debiendo, en este último extremo, materializarse dicha intención previo a la firma del correspondiente contrato.

Artículo 5. Actividades excluidas

Actividades que generen externalidades que perjudiquen el desarrollo normal del Centro ADIE y la convivencia en el mismo de conformidad a lo establecido en el Reglamento del Régimen Interno.

También estarán excluidas aquellas actividades que no tengan relación con el objeto social de la empresa solicitante.

La justificación de las causas de la exclusión por este concepto, han de recogerse por escrito en informe de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Cabra.

Artículo 6. Petición

El proceso de selección se considerará iniciado desde la fecha en que se presente la documentación completa, entre la que se incluirá una solicitud firmada por un representante de la empresa. Se articularán unas fichas de petición de información (Ver anexo 1) con objeto de facilitar contactos posteriores.

Artículo 7. Punto de información

El Ayuntamiento de Cabra se constituye como punto de información y departamento responsable de la selección de los proyectos empresariales que van a incorporarse al Centro ADIE. Asesorado por la Oficina de Desarrollo Local, garantizará la transmisión de los datos necesarios para que el promotor conozca las instalaciones, los servicios que se prestan, las características del contrato de prestación de servicios, los precios vigentes y la metodología del proceso selectivo. A los promotores que deseen iniciar el proceso selectivo, se les facilitará la siguiente documentación: reglamento regulador de admisión y de régimen interno del Centro ADIE, así como catálogo informativo del Centro.

Artículo 8. Documentación exigida

a) Se considerará completa la documentación cuando aporte los materiales imprescindibles para el estudio de la propuesta. Estos vienen expresados en la Solicitud de Despachos Profesionales (ver Anexo 2). En concreto se acompañará a la solicitud:

1. D.N.I. del promotor o C.I.F. de la empresa.

2. Currículum 3ital del promotor o promotores.

3. Plan de Empresa (acompañando justificantes de los datos económicos registrados por la empresa en caso de que la empresa ya esté en funcionamiento), incluido su Plan de Viabilidad (Anexo 3).

4. Escritura de Constitución debidamente registrada (para el caso de sociedades) y alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (para el caso de personas físicas).

5. Declaración censal de alta en el Censo de Obligaciones Tributarias o en el censo que lo sustituya (Modelo 036).

b) Únicamente las empresas no constituidas y que estén en trámites de constitución, podrán entregar los dos últimos documentos, junto con el C.I.F., con una antelación mínima de cinco días hábiles previos a la firma del contrato, siéndoles conservada la fecha de la solicitud.

Artículo 9. Lugar de entrega de solicitudes

La solicitud acompañada de la documentación deberá registrarse en el registro general del Ayuntamiento de Ca

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