Boletín nº 16 (25-01-2017)
VIII. Otras Entidades
Gerencia Municipal de
Urbanismo
Córdoba
Nº. 6.088/2016
Refª.: Planeamiento/PVJ 4.2.1 3/2013
El Consejo Rector de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Córdoba, en sesión celebrada el día 22 de junio de 2016, adoptó el siguiente acuerdo:
Primero. Aprobar definitivamente el Sistema de Actuación por Compensación y aprobar definitivamente el Proyecto de Bases y Estatutos de la Junta de Compensación de la Unidad de Ejecución del PS-P. Quemadillas del P.G.O.U. de Córdoba, presentados por propietarios que representan más del 50% de la superficie del ámbito.
La aprobación definitiva de los Estatutos y Bases se condiciona a que los instrumentos de planeamiento (Plan de Sectorización-Plan Parcial o Plan de Sectorización con ordenación pormenorizada) que se tramiten delimiten un único sector coincidente con la unidad de ejecución de los presentes Estatutos y Bases de Actuación.
Segundo. Publicar el acuerdo de aprobación definitiva en el B.O.P., así como las modificaciones introducidas en el texto de los Estatutos y Bases de Actuación.
Tercero. Notificar personalmente a los propietarios afectados, y a quienes se hubieran personado en el expediente, requiriendo a los que no lo hubiesen hecho, para que soliciten su incorporación a la Junta de Compensación en el plazo de un mes, contado desde la notificación, con la advertencia de reparcelación forzosa o de expropiación, según proceda.
Cuarto. Requerir a los propietarios que se hubiesen incorporado para que constituyan la Junta de Compensación mediante Escritura Pública, en la que designarán los cargos del Consejo Rector, que habrán de recaer necesariamente en personas físicas.
Asimismo, se advierte que la obras de urbanización no serán recibidas hasta tanto no esté formalmente constituida la Entidad Urbanística de Conservación.
Quinto. La incorporación de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba a la Junta de Compensación, como titular de los bienes comprendidos en el ámbito de la Unidad de Ejecución, nombrando a su Presidente para que se integre en la misma en defensa de los intereses municipales, y como miembro del Órgano Rector para llevar a cabo las labores de control y fiscalización.
Sexto. Notificar la presente Resolución al promotor y demás interesados en el expediente con indicación de los recursos que procedan.
Córdoba, 22 de noviembre de 2016. Firmado electrónicamente: El Gerente, Emilio García Fernández.
Artículo 15. Oferta de Compensación de los Costes de Urbanización mediante de cesión de terrenos
De acuerdo con lo previsto en el artículo 130.2, A) de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, en los presentes Estatutos se ofrece la posibilidad de compensar los costes de urbanización que le correspondan pagar a los propietarios afectados, mediante la cesión del 60% del terreno edificable que le fuere adjudicado en la compensación urbanística, que pasará a titularidad de la Junta de Compensación, quien asumirá los costes de urbanización de los titulares que soliciten tal compensación.
Oferta que mantendrá su validez hasta la inscripción de la Junta de Compensación en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras.
Los adheridos podrán optar por abonar los gastos de urbanización en metálico o en especie estando sujetos a la cuenta de liquidación definitiva.
La adjudicación del aprovechamiento en la parcela de resultado correspondiente al solicitante de la compensación, quedará libre de la afección a la carga urbanística, sin quedar sujeto a la liquidación definitiva de la Junta de Compensación.