Boletín nº 23 (03-02-2017)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 2
Córdoba

Nº. 214/2017

Juzgado de lo Social Número 2 de Córdoba

Procedimiento: 337/2015. Ejecución de títulos judiciales 283/2016. Negociado: FS

De: Dª. Almudena Reyes Osuna y Dª. María Teresa Aguilera Sánchez

Abogada: Dª. María Mercedes Márquez Alba

Contra: Fondo de Garantía Salarial y Palma Comunicaciones S.L.

 

En virtud de lo acordado en los autos arriba reseñados, seguidos a instancia de Dª Almudena Reyes Osuna y Dª María Teresa Aguilera Sánchez frente a Palma Comunicaciones S.L., sobre Ejecución de títulos judiciales, se ha dictado Auto en fecha 3/01/2017 cuya parte dispositiva dice lo siguiente:

Parte dispositiva

1º) Declaro extinguida en esta fecha la relación laboral que ligaba a Almudena Reyes Osuna y a Mª Teresa Aguilera Alcaraz con la empresa Palma Comunicaciones, S.L.

2º) Condeno a la empresa Palma Comunicaciones, S.L. a que pague a Almudena Reyes Osuna y a Mª Teresa Aguilera Alcaraz, respectivamente y como indemnización, la cantidad de 13.776,47 euros y la de 15.929,78 euros.

3º) Condeno a la empresa Palma Comunicaciones, S.L. a que pague a Almudena Reyes Osuna y a Mª Teresa Aguilera Alcaraz, respectivamente y en concepto de salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la del presente Auto, la cantidad de 5.242,13 euros y la de 16.750,39 euros.

4º) Notifíquese, igualmente, la presente resolución al Servicio Público de Empleo Estatal a los efectos oportunos.

Esta resolución no es firme, pues contra la misma cabe Recurso de Reposición ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá previamente acreditarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, en cualquier oficina del Banco Santander, expresando en el documento de ingreso la siguiente clave identificativa del procedimiento: 1445 0000 30 0283 16, debiendo indicar en el campo Concepto que se trata de un recurso seguido del código 30 y Social-Reposición, de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.

Así por este Auto, lo acuerdo, mando y firmo. Doy fe.

El Magistrado-Juez. La Letrada de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación a Palma Comunicaciones S.L., se expide el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y su colocación en el Tablón de Anuncios.

En Córdoba, a 23 de enero de 2017. Firmado electrónicamente: La Letrada de la Administración de Justicia, Victoria Alicia Alférez de la Rosa.

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