Boletín nº 24 (06-02-2017)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Luque

Nº. 155/2017

PLAN PARCIAL 2ª AMPLIACIÓN DEL POLIGONO INDUSTRIAL SAN BARTOLOMÉ DE LUQUE (CÓRDOBA)

Promotor: M.I. Ayuntamiento de Luque.

1. MEMORIA

1.1. MEMORIA EXPOSITIVA

1.1.1. Nombre y domicilio del Promotor

El presente documento de Plan Parcial ha sido encargado y promovido por el M.I. Ayuntamiento de Luque.

De acuerdo con las determinaciones contenidas en las Normas Subsidiarias de Luque, aprobadas por la Comisión Provincial de Urbanismo, y en la propia Ley del Suelo y sus Reglamentos, contando con capacidad plena para estos efectos.

1.1.2. Datos del Sector (superficie y lindes)

Los datos de la superficie del sector, objeto de este expediente de Plan Parcial, así como sus correspondientes lindes perimetrales, vienen detalladamente especificados en los planos correspondientes de la Modificación puntual de las Normas Subsidiarias, recientemente aprobada y que se adjuntan como planos de información es este documento.

Está situado en la zona Este del Polígono San Bartolomé, junto a la Huerta de San Rafael, a la altura de km. 339 de la carretera N-432, y su superficie aproximada es de 23.084,00 m².

1.1.3. Antecedentes del Plan Parcial

El presente Plan Parcial, desarrolla la segunda ampliación del Polígono Industrial San Bartolomé, que tiene como objeto el satisfacer la demanda existente de suelo industrial en la zona.

- El aprovechamiento tipo asignado en las Normas Subsidiarias municipales vigentes es de 0.7 m² techo/m² suelo, de todo el sector.

1.2. INFORMACIÓN URBANÍSTICA

1.2.1. Caracteristicas naturales del terreno del Sector

La morfología que presenta el terreno en su conjunto es poco accidentada, presentando una pendiente suave de S-E a N-O que no impide el establecimiento de la zonificación que se plantea en la propuesta global de esta Plan Parcial, tal como queda grafiado en los planos de topografía y zonificación que se acompañan en este documento.

De acuerdo con la naturaleza general del terreno se ha estudiado la propuesta no planteándose serios problemas en el subsuelo que no puedan ser superados en la ejecución de obras previstas.

En todo caso, en los sucesivos proyectos de urbanización y edificación se realizarán los necesarios estudios geotécnicos para la implantación y ejecución de las diferentes obras a realizar.

1.2.2. Usos, edificación, vegetación e infraestructuras existentes

El suelo del Sector está de erial, exento en general de vegetación arbórea, y no existiendo sobre él ninguna clase de edificación.

El Polígono San Bartolomé, lindante con el sector y del cual será una segunda ampliación, tiene todos los servicios urbanísticos que exige la ley del suelo.

- La red viaria existente la constituyen la Carretera N-432 desde la que se accede al sector y las calles del Polígono, que se encuentran pavimentadas.

- Al Este del Sector existe una amplia zona con pendiente descendente hacia el N-O, lo que provoca grandes avenidas de agua en época de lluvias, que actualmente se recogen en una zanja que realizó el Ayuntamiento paralela a la calle 2 del Polígono y que va a desaguar junto a la próxima alcantarilla de la carretera N-432.

- El Sector está sometido a las determinaciones de los servicios de infraestructuras del Ayuntamiento de Luque que fijará las cargas externas que le corresponden. La posibilidad de conexión con dichas infraestructuras y con las existentes se justificarán mediante los correspondientes certificados de las compañías suministradoras que se adjuntarán en el proceso de aprobación de este Expediente de Plan Parcial.

1.2.3. Estructura de la propiedad del suelo y superficies

Parcela

Propietario

Domicilio

Superficie en m²

A

Luis Valdelomar de Prado

Juan R. Jiménez, 11. 14012 Córdoba

15.344 (66,47%)

B

M.I. Ayuntamiento de Luque

  7.740 (33,53%)

Total del Sector

23.084 (100%)

1.3. MEMORIA JUSTIFICATIVA

1.3.1. Justificación proyectual de la Propuesta

A) Fundamentalmente se justifica la redacción de este Plan Parcial, la continua demanda de usos industriales en la zona, ya que la oferta está próxima al agotamiento, constituyendo un adecuado soporte del desarrollo urbanístico de los terrenos referenciados en el presente documento, debido a su adyacencia al suelo urbano consolidado, y por tanto a su sencilla integración en la trama preexistente.

B) El trazado viario: la viabilidad urbana.

Al tratarse de una pequeña ampliación, solo se contempla la apertura de una vía de circulación, que a la vez servirá de aparcamiento y de acceso a la zona de equipamientos deportivo, social y comercial.

Se incluye también una zona de 5 m de ancho que se sitúa en el lugar denominado madre vieja, que desde siempre ha constituido el desguace natural de las aguas pluviales de la zona y que en caso de tormentas constituye la salida natural de las aguas.

En la zona que se presenta fachada a la carretera N-432 se sitúa otro aparcamiento.

Los aparcamientos carecerán de bordillos y se pintarán sobre el pavimento, con objeto de facilitar en un momento determinado la evolución de los grandes camiones de transporte.

C) El desarrollo de las infraestructuras básicas.

Constituye el tercer elemento esencial de la estructura urbana que así se plantea, y su diseño está íntimamente relacionado y condicionado por la organización morfológica, ajustándose perfectamente a la trama del Suelo Urbano existente.

1.3.2. Adecuación de la ordenación al pavimento superior

El presente expediente de Plan Parcial, trata de desarrollar las ordenaciones y especificaciones urbanísticas propuestas en el Planteamiento General de rango superior, es decir, el documento de las Normas Subsidiarias Municipales del Ayuntamiento de Luque.

Así pues, trata de distribuir la edificabilidad y el uso planteado mediante adecuadas ordenanzas y condiciones específicas que garanticen la correcta ordenación urbanística del conjunto de la propuesta de este Plan Parcial, según las determinaciones proyectuales expuestas en el anterior punto 1.3.1.

1.3.3. Zonificación con asignación de usos pormenorizados

Este Plan Parcial, desarrolla los usos industriales, terciarios y comerciales, planteados en la correspondiente documentación, Planos de Clasificación, y fichas reguladoras de la NN.SS., según la ordenación que se plantea y cuya zonificación es la siguiente:

MANZANAS 1, 2 Y 3. Zona Industrial (NI).

Comprende las parcelas dedicadas fundamentalmente a uso Industrial, Terciario o Comercial, de dominio privado. Las ordenanzas particulares de este documento de Plan Parcial, de acuerdo con las determinaciones de las NN.SS. de Luque, fijan los diferentes parámetros edificatorios y las alineaciones de la edificación, así como de los espacios dedicados a aparcamientos, accesos, etc.

ZONA ED+ES+EC. Equipamiento de servicios de Interés Público y Social.

Comprende la zona destinada a reservas dotacionales para servicios de Interés Público y social, que puede abarcar equipamiento deportivo, equipamiento comercial y equipamiento social, especificada como tal en el Plan Parcial, de cesión obligatoria, de dominio público y superficie mínima dimensionada por el Reglamento de Planeamiento. Las ordenanzas particulares de este documento de Plan Parcial fijan las alineaciones de la edificación, así como de los espacios dedicados a aparcamientos pú

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