Boletín nº 24 (06-02-2017)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Priego de Córdoba
Nº. 314/2017
El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada con fecha 30 de mayo de 2016. ha adoptado acuerdo de aprobación provisional sobre la modificación del artículo 34, apartado A) Infracciones leves y apartado B) Infracciones graves, de la Ordenanza Municipal sobre la regulación del Mercado Ambulante en el término municipal de Priego de Córdoba, al incluir nuevas letras en los mismos:
"Artículo 34. Infracciones
A) Infracciones leves:
e) La comisión de alguna de las infracciones indicadas en los apartados siguientes cuando, por su escasa cuantía o entidad, no merezcan la calificación de muy graves o graves.
B) Infracciones graves:
f) La comisión de alguna de las infracciones indicadas en los apartados siguientes cuando, por su escasa cuantía o entidad, no merezcan la calificación de muy graves.
Lo que se hace público por plazo de treinta días, a fin de que dentro del mismo las personas interesadas puedan consultar el expediente y presentar las alegaciones que estimen oportunas.
De no producirse alegaciones en el referido plazo, las modificaciones acordadas se considerarán aprobadas definitivamente.
Priego de Córdoba a 1 de febrero de 2017. La Alcaldesa, María Luisa Ceballos Casas.