Boletín nº 24 (06-02-2017)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Palma del Río

Nº. 330/2017

El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de enero de 2017, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

SÉPTIMO. EXPEDIENTE DE EXPROPIACIÓN FORZOSA PARA LA IMPOSICIÓN DE SERVIDUMBRES Y OCUPACIONES TEMPORALES NECESARIAS PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS CORRESPONDIENTES AL PROYECTO DEL DEPÓSITO DE REGULACIÓN DE ABASTECIMIENTO EN PALMA DEL RÍO (CÓRDOBA).

Primero. Considerando que, con fecha 21 de abril de 2001, se suscribe Convenio Marco de Cooperación entre la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía y el Iltre. Ayuntamiento de Palma del Río (Córdoba) para la ejecución de Obras de abastecimiento, saneamiento y depuración.

El objeto de este Convenio era la adquisición del compromiso de las partes otorgantes en la realización de futuras obras de abastecimiento, saneamiento y depuración pertenecientes a sistemas generales.

Entre las mencionadas obras se encontraba incluida la ejecución de un nuevo deposito de regulación del Abastecimiento de aguas en Palma del Río. Dicha obra tiene por objeto resolver el problema de regulación de abastecimiento que presentaba la localidad de Palma del Río y que se traduce en el diseño y dimensionamiento de un nuevo depósito con sus conexiones a la la Estación de Tratamiento de Agua Potable (ETAP) existente, de la estación de bombeo necesaria y de la conexión con la red urbana en las inmediaciones de la planta de tratamiento.

En la estipulación tercera del mencionado Convenio se establecía que los terrenos necesarios para la ejecución de las obras serían aportados por el Excmo. Ayuntamiento de Palma del Río.

Asimismo, correspondería al Ayuntamiento la tramitación y abono de las concesiones, autorizaciones, permisos y licencias que fueran necesarias, para todas las obras del Convenio, así como la explotación futura de las infraestructuras realizadas al amparo del Convenio.

Por otra parte, la estipulación sexta del Convenio disponía que con independencia de las actuaciones incluidas en el programa inicial de obras, el Excmo. Ayuntamiento de Palma del Río, realizaría las obras de distribución e instalaciones secundarias necesarias para un eficaz funcionamiento de dichos servicios a su cargo.

Segundo. Considerando que al objeto de dar cumplimiento al mencionado Convenio de Colaboración, la Agencia Andaluza del Agua en Córdoba aprobó inicialmente, el Proyecto Deposito de Regulación de Abastecimiento en Palma del Río (Córdoba), clave: A5.314.903/0411, redactado por el Ingeniero D. Fernando José Trujillo Díez, remitido por encargo de EGMASA, de fecha septiembre 2006.

Mediante Resolución, de 14 de febrero de 2008, de la Agencia Andaluza del Agua en Córdoba, se sometió el mencionado proyecto al trámite de información pública, conforme a lo previsto en el artículo 17 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa. La información pública del citado Proyecto, que contiene la relación de bienes y derechos afectados, fue publicada en los siguientes boletines oficiales y diarios de gran difusión:

BOJA núm. 45, de 5 de marzo de 2008.

BOP de Córdoba, núm. 44, de 7 de marzo de 2008.

Diario Córdoba, de 21 de febrero de 2008.

Asimismo, la información pública del citado Proyecto fue expuesta durante el plazo reglamentario desde el 25 de febrero de 2008 hasta el 2 de abril de 2008, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Palma del Río; y en las dependencias de la Dirección Provincial de Córdoba de la Agencia Andaluza del Agua desde el 15 de febrero de 2008 hasta el 17 de junio de 2008.

Pues bien, considerando que el proyecto sometido a información pública contenía la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos de necesaria expropiación o afección y que no se presentaron alegaciones en dicho periodo de información pública, con fecha 6 de agosto de 2008, se dictó Resolución por la Agencia Andaluza del Agua en virtud de la cual se aprobó el Proyecto de referencia, haciéndose constar que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 36 de la Ley 17/1999, de 28 de diciembre, y 128 de la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas, la aprobación llevaba implícita la declaración de utilidad pública, así como la necesidad y urgente ocupación de los bienes y adquisición de derechos correspondientes, a los efectos de la expropiación, ocupación temporal o definitiva, o de imposición o modificación de servidumbres.

Tercero. Considerando que el citado proyecto preveía la construcción de un nuevo Deposito de Regulación de Abastecimiento en Palma del Río (Córdoba) en el paraje denominado El Baldío, con conducciones de conexión con la Estación de Tratamiento de Agua Potable actual, con la que está próxima. Estas conducciones de conexión discurren por la Finca Registral nº 9062, que era propiedad de Agrícolas El Lino, S.L., en el momento de redacción del proyecto, razón por la cual en el Anejo nº 23 Expropiaciones del citado proyecto se recoge en el apartado relación de propietarios afectados, a la mercantil anteriormente mencionada.

En el estudio económico del citado proyecto se preveía como presupuesto de ejecución material de las obras la cantidad de 4.147.211,502 euros. La financiación de las obras correspondía a la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, siendo de cargo del Ayuntamiento de Palma del Río los gastos relativos a las expropiaciones, ocupaciones temporales y servidumbres que hayan de constituirse.

Cuarto. Considerando que, con fecha 26 de abril de 2010, los representantes legales de Agrícolas El Lino, S.L., realizaron una Declaración Unilateral de Voluntad, por la que autorizaban al Ayuntamiento de Palma del Río para que dispusieran de los terrenos que constituyen la finca registral nº 9062, para que se pudieran ejecutar las obras relativas al Proyecto de Construcción del Deposito de Regulación de Abastecimiento.

Quinto. Considerando que, con fecha 21 de julio de 2016, tuvo entrada en el Registro General del Ayuntamiento de Palma del Río un escrito de los representantes de la entidad Agrícolas El Lino, S.L., por el que pone en conocimiento del Ayuntamiento de Palma del Río que la finca registral nº 9062, titularidad de Agrícolas El Lino, S.L., y que se ha visto afectada en parte por el proyecto de construcción del depósito de regulación de abastecimiento a Palma del Río, ha pasado a ser titularidad de la mercantil DECUMA EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS S.L.U., motivo por el que interesa que se continúe el expediente de expropiación para la constitución de las servidumbres correspondientes con dicha entidad mercantil.

Agrícolas El Lino, S.L., aporta a este escrito la documentación que acredita el cambio de titularidad de la finca registral nº 9062, a favor de la mercantil DECUMA EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS S.L.U.

Sexto. Considerando que al objeto de incoar el correspondiente expediente expropiatorio por parte del Ayuntamiento de Palma del Río, con fecha 10 de mayo de 2010, se emitió por D. Antonio Carmona Callejón, Ingeniero Agrónomo, Informe de Valoración de Ocupación Temporal, Expropiación y Constitución de Servidumbres en Finca El Baldío, complementado mediante anexo de fecha, enero de 2011. En este informe se valoraban las afecciones (servidumbres y ocupaciones temporales) que iba a sufrir la finca registral 9.062, derivadas de la ejecución del Proyecto de construcción de un nuevo Deposito de Regulación de Abastecimiento en Palma del Río (Córdoba) en el paraje denominado El Baldío, en la cantidad de 122.229,93 euros.

Asimismo, con fecha 18 de noviembre de 2016, se ha emitido por D. Joaquín Casals Beca, Ingeniero de Camino, Canales y Puertos, Jefe de los Servicios Técnicos del Ayuntamiento de Palma del Río, informe descriptivo y de valoración de las servidumbres y ocupaciones temporales que afectan a la finca registral 9.062 y que se derivan de la ejecución del proyecto anteriormente citado. En la siguiente tabla se resumen las indemnizaciones que le corresponderían al titular de la finca registral 9.062, con referencia catastral 14049A001000100000IO que se corresponde con el Polígono1-Parcela 10-Paraje El Baldío en el término municipal de Palma del Río (Córdoba):

Concepto

Servidumbre de

acueducto

Servidumbre de

paso aéreo de

energía eléctrica

Ocupación

temporal

Total

indemniz.

Colectores de Impulsión y Suministro de Agua P.

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