Boletín nº 25 (07-02-2017)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 4
Córdoba

Nº. 148/2017

Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba

Procedimiento: Seguridad Social en materia prestacional 1050/2013. Negociado: MP

De. Dª María Esther León Aparicio

Abogado: D. Francisco Ruiz Doblado

Contra: INSS, TGSS, Radiodiagnóstico de Córdoba S.L., Radiodiagnóstico de Alta Resolución S.L., FREMAP y Asepeyo

Abogado: D. José Manuel Pérez Latorre

 

DOÑA MARIBEL ESPÍNOLA PULIDO, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE CÓRDOBA, HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1050/2013, a instancia de la parte actora Dª. María Esther León Aparicio contra INSS, TGSS, Radiodiagnóstico de Córdoba S.L., Radiodiagnóstico de Alta Resolución S.L., FREMAP y Asepeyo, sobre Seguridad Social en materia prestacional, se ha dictado Sentencia de fecha 16-4-14 del tenor literal siguiente:

Fallo:

Que estimando la demanda que se ha formulado por Dª. Mª Esther León Aparicio contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, Mutua Asepeyo, Mutua FREMAP, Radiodiagnóstico de Córdoba, S.L. y Radiología Alta Resolución, S.L., debo declarar y declaro que la demandante se encuentra en situación de incapacidad permanente total, derivada de enfermedad profesional, para su profesión habitual de Técnico de Radiodiagnóstico, y debo condenar y condeno al Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social a que reconozcan y abonen a la actora una pensión vitalicia del 55% de su base reguladora de 1.658,68 €, con efectos desde el 24/07/12, absolviendo al resto demandados de las pretensiones deducidas en su contra.

Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente, y expídase testimonio para su unión a los autos.

Y para que sirva de notificación a la demandada Radiodiagnóstico de Córdoba S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 17 de enero de 2017. La Letrada de la Administración de Justicia, Maribel Espínola Pulido.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad