Boletín nº 25 (07-02-2017)

VI. Administración Local

Entidad Local Autónoma de la Guijarrosa

Nº. 312/2017

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo de la Junta Vecinal de fecha 27-12-2016, sobre transferencia de créditos entre partidas de gastos de distintas áreas de gasto (grupo de función), con número 23/2017, que se hace público:

BAJAS EN PARTIDAS DE GASTOS

Partida

N.º

Descripción

Euros

Funcional

Económica

Cap. Art. Concepto

241

61900

1

PFEA Materiales 2016

  7.020,87

4411

46700

2

Transporte- Aportación al

Consorcio de Transporte

  2.000,00

920

22604

3

Registro de la Propiedad

  2.000,00

920

22699

4

Otros Gastos Diversos

  3.979,13

TOTAL GASTOS

15.000,00

ALTAS EN PARTIDA DE GASTOS

Partida

Descripción

Euros

Funcional

Económica

Cap. Art. Concepto

920

46201

1

Aportación Ayuntamiento de Santaella

15.000,00

TOTAL GASTOS

15.000,00

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En La Guijarrosa, a 27 de enero de 2017. Firmado electrónicamente por el Presidente de la E.L.A, Manuel Ruiz Alcántara.

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