Boletín nº 27 (09-02-2017)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Nueva Carteya
Nº. 265/2017
Don Vicente Tapia Expósito, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Nueva Carteya (Córdoba), hace saber:
Que expuesto al público por plazo legal el expediente para la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios, Realización de Actividades Deportivas y Utilización de las Instalaciones Deportivas Municipales, que había sido aprobado provisionalmente por acuerdo del Ayuntamiento Pleno, adoptado en sesión extraordinaria celebrada el día 14 de noviembre de 2016, no se ha formulado reclamación alguna y en consecuencia queda definitivamente aprobado según lo acordado y legalmente previsto en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 19.1 del referido texto legal, contra el presente acuerdo los interesados legítimos podrán interponer el correspondiente Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos que establece la Ley reguladora de dicha Jurisdicción.
El texto íntegro del acuerdo adoptado junto con el de la Ordenanza se inserta a continuación:
4º. MODIFICACIÓN TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS, REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES. La Sra. Concejala D.ª María Elena Amo Oteros, Portavoz del Grupo de I.U.L.V.-C.A., dio cuenta de la propuesta y de las razones que la motivan, refiriéndose a las modificaciones y nuevas tarifas, manifestando que había sido estudiada en la Comisión Especial de Cuentas.
Conforme a la propuesta formulada por la Sra. Concejal, y según lo dispuesto en el artículo 17.1 del R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, y acogiendo el dictamen favorable adoptado por la Comisión Especial de Cuentas en sesión celebrada el día 10 de noviembre de 2016, los señores reunidos, en votación ordinaria, acordaron por unanimidad:
Primero. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, se acuerda provisionalmente modificar el artículo 5º para actualizar la tarifa, y la disposición final de la Ordenanza Fiscal de la Tasa Municipal por Prestación de Servicios, Realización de Actividades Deportivas, y Utilización de las Instalaciones Deportivas Municipales, que quedarán redactados en la forma siguiente:
Artículo 5º.
Cuota tributaria. La cuantía de la Tasa regulada en esta ordenanza, será fijada en la Tarifa contenida en los apartados siguientes:
5.1. Piscina Municipal:
5.1.1. Por cada entrada de: |
|
Adultos, en día laboral |
2,10 € |
Adultos, en domingos y festivos |
2,80 € |
Adultos en piscina nocturna |
2,00 € |
Niños (hasta 14 años), en día laboral |
1,00 € |
Niños (hasta 14 años), en domingos y festivos |
1,50 € |
Niños (hasta 14 años), en piscina nocturna |
1,00 € |
Con Carné Joven |
1,60 € |
Pensionistas |
1,60 € |
Carné joven o pensionista en piscina nocturna |
1,50 € |
5.1.2. Abonos (por número de 30 baños): |
|
Adultos |
57,50 € |
Niños (hasta 14 años) | 23,00 € |
Pensionistas | 23,00 € |
5.2. Pabellón Deportivo Municipal, Polideportivo Municipal, Escuelas y Talleres y Eventos Deportivos:
Escuela Deportiva de Fútbol Federada |
41,00 € |
Escuela Deportiva de Tenis |
41,00 € |
Escuelas Deportivas |
25,50 € 17,50 € 2.ª inscripción por niño |
Gimnasia Mantenimiento (mes) |
8,00 € |
Aeróbic (mes) |
10,00 € |
Actividad grupal en sala de usos múltiples de 3 sesiones sem. |
10,00 € |
Actividad grupal en sala de usos múltiples de 2 sesiones sem. |
8,00 € |
Alquiler Pabellón Fútbol Sala (Menores) |
5,50 € |
Alquiler Pabellón Baloncesto (Menores) |
5,50 € |
Alquiler Pabellón Voleibol (Menores) |
5,50 € |
Alquiler Pabellón Bádminton (Menores) |
2,00 € |
Alquiler Pabellón Mesa de Tenis de Mesa (Menores) |
2,00 € |
Alquiler Pabellón Tenis (Menores) |
3,50 € |
Alquiler Pabellón Fútbol Sala (Mayores) |
11,50 € |
Alquiler Pabellón Baloncesto (Mayores) |
11,50 € |
Alquiler Pabellón Voleibol (Mayores) |
11,50 € |
Alquiler Pabellón Bádminton (Mayores) |
3,50 € |
Alquiler Pabellón Mesa de Tenis de Mesa (Mayores) |
3,50 € |
Alquiler Pabellón Tenis (Mayores) |
6,50 € |
Alquiler Pista de Pádel (sin luz) 1 hora |
5,00 € |
Alquiler Pista de Pádel (con luz) 1 hora |
6,00 € |
Alquiler Pista de Pádel Bono 10 usos (sin luz) |
48,00 € |
Alquiler Pista de Pádel Bono 10 usos (con luz) |
55,50 € |
Alquiler de Campo de Fútbol 11 (sin luz) (Mayores) |
20,50 € |
Alquiler de Campo de Fútbol 11 (con luz) (Mayores) |
25,50 € |
Alquiler de Campo de Fútbol 7 (sin luz) (Mayores) |
12,50 € |
Alquiler de Campo de Fútbol 7 (con luz) (Mayores) |
15,50 € |
Alquiler de Campo de Fútbol 11 (sin luz) (Menores) |
15,50 € |
Alquiler de Campo de Fútbol 11 (con luz) (Menores) |
20,50 € |
Alquiler de Campo de Fútbol 7 (sin luz) (Menores) |
10,00 € |
Alquiler de Campo de Fútbol 7 (con luz) (Menores) |
13,50 € |
Cursos de Natación niños 1 mes |
25,50 € |
Gimnasia en el Agua 1 mes |
20,50 € |
Cursos de Natación para Adultos 1 mes |
20,50 € |
Inscripción Talleres, Juegos, Actividades de 2 ses. sem. (al mes) |
15,50 € |
Inscripción Ruta Senderismo |
3,00 € |
Inscripción Ruta Bicicleta |
5,00 € |
Inscripción Liga de Verano de Fútbol Sala (Mayores) |
65,50 € |
Inscripción Copa de Fútbol Sala (Mayores) |
65,50 € |
Inscripción Maratón Fútbol Sala |
65,50 € |
Inscripción Partidos de Fútbol Córdoba C.F. |
4,00 € |
Inscripción Competiciones sistema liga de Pádel |
20,50 € |
Inscripción Competiciones sistema eliminatoria de Pádel |
6,00 € |
Inscripción Liga de Fútbol-7 Senior |
65,50 € |
Inscripción Liga de Fútbol-7 para Mayores |
65,50 € |
Utilización Pista de Tenis con Luz |
2,00 € |
Utilización Pista Fútbol Sala con Luz |
4,00 € |
Utilización Sala de Usos Múltiples |
5,00 € |
2.ª Quinc. en 1. er mes de actividad en aeróbic |
5,00 € |
2.ª Quinc. en 1. er mes de actividad en gimnasia de mantenimiento |
4,00 € |
Inscripción milla popular adultos |
3,00 € |
Inscripción milla popular niños |
1,00 € |
Inscripción en carrera popular adultos |
5,00 € |
Inscripción en carrera popular niños |
1,00 € |
Disposición Final
La presente Ordenanza Fiscal, entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y comenzará a aplicarse a partir del día 1 de enero de 2017, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
Segundo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1, referido, el presente acuerdo provisional así como la Ordenanza Fiscal con su nueva redacción, se expondrá al público en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento, durante el plazo de 30 días, contados a partir del siguiente a la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, a fin de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Tercero. Conforme a lo dispuesto en el artículo 17.3 de repetida Ley, inciso último, en caso de que no se presenten reclamaciones durante el plazo de exposición pública, se entenderá definitivamente aprobado el presente acuerdo.
Lo que hace público para general conocimiento en Nueva Carteya a 27 de enero de 2017. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Vicente Tapia Expósito.