Boletín nº 28 (10-02-2017)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de El Viso
Nº. 356/2017
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público en el Boletín Oficial de la Provincia nº 239, de 19 de diciembre de 2016 y Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo Plenario provisional del Ayuntamiento de El Viso (Córdoba), adoptado en sesión extraordinaria y urgente el pasado día 14 de diciembre de 2016, sobre la modificación de la Ordenanza Fiscal del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS
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Artículo 3º. Base imponible, cuota y devengo
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3. El tipo de gravamen será el 2,7%.
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Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados Recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Granada.
En El Viso, a 3 de febrero de 2017. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Juan Díaz Caballero.