Boletín nº 28 (10-02-2017)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 416/2017

Mediante mi decreto de fecha 31 de enero de 2017, insertado en el libro de resoluciones con el número 2017/259, he dictado lo que sigue:

En ejercicio de la facultad que confiere a la Presidencia el artículo 34. 1 g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, atribuida a la Delegación Genérica de Hacienda, Recursos Humanos, y Gobierno Interior mediante Decreto de 31 de marzo de 2016 (insertado en libro de resoluciones con nº 2016/1815), vengo en resolver aprobar y publicar las siguientes bases de selección:

CONVOCATORIA DE PROCESO SELECTIVO PARA COBERTURA DE NECESIDADES TRANSITORIAS DE PERSONAL TEMPORAL EN LA CATEGORÍA DE OFICIAL 1ª CARPINTERÍA (EN MADERA) AL SERVICIO DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÓRDOBA

Ante la necesidad urgente de prestación de servicios de un Oficial Carpintero en madera, se efectúa convocatoria específica para la cobertura de necesidades transitorias de personal temporal en el desempeño de puestos de trabajo como Oficial de carpintería del Servicio de Patrimonio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento regulador del Procedimiento de Selección de la Diputación Provincial de Córdoba (BOP 27/8/2015).

La selección se ajustará a las siguientes normas:

1. Requisitos de los aspirantes:

Los exigidos en la normativa vigente sobre acceso al empleo público, artículo 56 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, sin perjuicio de lo establecido en su artículo 57, además de la titulación académica de Graduado en ESO o equivalente.

2. Solicitudes:

Los interesados deberán presentar su solicitud en el Registro de entrada de esta Diputación en el plazo de siete días naturales a contar desde el siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOP.

3. Sistema selectivo:

El sistema selectivo será el de concurso de méritos. No obstante, la Comisión que se constituya queda facultada para acordar la celebración de una prueba de carácter práctico, con los aspirantes con mayor puntuación, si así se estima necesario con objeto de determinar con mejor precisión la capacidad y aptitudes de los mismos.

Dicha prueba se valorará de 0 a 10 puntos.

3.1. Baremo de méritos

Puntuación máxima 30 puntos.

Por cada mes de servicios prestados como trabajador por cuenta ajena o por cuenta propia como carpintero en madera: 0,10 puntos.

3.2 Proceso de selección:

Los aspirantes deberán proceder a la autobaremación de sus méritos dentro del plazo de presentación de solicitudes conforme al baremo anterior. Dicho sistema se ajustará a las siguientes normas:

a) Se procederá a la cumplimentación por cada aspirante de la autobaremación que figura indicada en la solicitud.

b) La Comisión de selección que se constituya verificará el cumplimiento de los requisitos de los aspirantes y a continuación, respecto a los admitidos, procederá a la comprobación en orden decreciente de la autobaremación de los diez aspirantes con mayor puntuación, para lo cual serán convocados mediante anuncio en el Tablón de Edictos de la sede electrónica ante dicha Comisión, a la que deberán aportar toda la documentación justificativa de los requisitos y méritos alegados que se relaciona a continuación.

c) La experiencia profesional deberá justificarse mediante el Informe de Vida Laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, al que se unirán:

1. Para el trabajo por cuenta ajena, cualquiera de los siguientes documentos:

· Contrato de trabajo registrado en el Servicio de Empleo de la Comunidad Autónoma correspondiente.

· Certificado de Empresa en modelo oficial.

· TC2.

· Cualquier otro documento que permita conocer el periodo y la categoría profesional en la que se prestaron los servicios

a. Para el trabajo por cuenta propia:

· Alta en el epígrafe correspondiente del Impuesto de Actividades Económicas.

d) La Comisión queda autorizada a convocar al resto de aspirantes que considere oportuno con el fin de garantizar la adjudicación del puesto al candidato con mayor puntuación.

4. Comisión de Selección

La Comisión de selección tendrá la siguiente composición:

· Presidente: El Jefe de Servicio de Patrimonio.

· Secretario: El de la Corporación o un funcionario al servicio de la misma.

· Dos vocales: El Encargado de Obras y un Oficial carpintero al servicio de la Corporación.

5. Propuesta de contratación

La Comisión propondrá a aquel candidato que obtenga la mayor puntuación comprobada entre los convocados. El aspirante propuesto será contratado en la modalidad de contrato de interinidad en la plaza de Oficial Carpintero incluida en la Oferta de Empleo Público de 2014, hasta su provisión definitiva.

En caso de empate en la puntuación se estará para dirimirlo al orden alfabético de apellidos resultante del sorteo público único para las convocatorias que se celebren durante el año que realice la Administración General del Estado, vigente en el momento del desempate.

6. Norma final

El sólo hecho de presentar solicitud solicitando tomar parte en la convocatoria constituye sometimiento expreso de los aspirantes a las bases reguladoras de las mismas que tienen consideración de Ley reguladora de esta convocatoria.

Estas Bases son definitivas en vía administrativa y contra las mismas puede interponerse potestativamente Recurso de Reposición ante el mismo órgano que las hubiera dictado en el plazo de un mes o directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, en el plazo de dos meses, contados en ambos casos a partir de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba. No obstante ello, los interesados podrán interponer cualesquiera otros recursos si lo estiman pertinente.

Lo que se publica para general conocimiento.

Córdoba, a 31 de enero de 2017. Firmado electrónicamente por el Diputado Delegado de Hacienda, RRHH y Gobierno Interior, Salvador Blanco Rubio.


Adjuntos: 416_anexo.pdf |

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