Boletín nº 29 (13-02-2017)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Córdoba
Nº. 343/2017
La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 13 de enero de 2017, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:
N.º 13/17. PRESIDENCIA. 11. PROPOSICIÓN DEL SR. TENIENTE DE ALCALDE DELEGADO DE PRESIDENCIA Y POLÍTICAS TRANSVERSALES, DE MODIFICACIÓN DE REPRESENTANTES DEL CONSEJO DEL MOVIMIENTO CIUDADANO EN LOS CONSEJOS RECTORES Y CONSEJOS DE ADMINISTRACIÓN DE DISTINTAS ENTIDADES MUNICIPALES.
Examinado el expediente tramitado al efecto; vistos y conocidos los informes obrantes en el mismo, y de conformidad con la Proposición arriba reseñada, la Junta de Gobierno Local, adoptó los siguientes acuerdos:
Primero. Cesar a los siguientes miembros del Consejo de Administración y Consejo Rector que se relacionan:
D. Tomás Pedregal García, en el Consejo Rector de IMDECO.
D. Francisco Montemayor García, en el Consejo Rector del IMDEEC.
D. Francisco Gea Ramos, en el Consejo de Administración de VIMCORSA.
D. Carlos Ordóñez Castro, en el Consejo de Administración de EMACSA.
D. José Verdejo Mariscal, en el Consejo de Administración de AUCORSA.
D. Pedro Antúnez Marín, en el Consejo de Administración de CECOSAM.
D. Juan Andrés de Gracia Cobos, en el Consejo de Administración de SADECO.
Segundo. Nombrar, como representantes del Consejo del Movimiento Ciudadano, en los Consejos Rectores de los Organismos Autónomos y Consejos de Administración de Empresas Municipales a:
D. Enrique Rodríguez Contreras, en el Consejo Rector del IMDECO.
D. José Rojas del Valle, en el Consejo Rector del IMDEEC.
D. Francisco Gea Ramos, en el Consejo de Administración de VIMCORSA.
D. Juan Manuel Luque Oliván, en el Consejo de Administración de EMACSA.
D. Juan Miguel Caballero Leiva, en el Consejo de Administración de AUCORSA.
D.ª Juana Pérez Girón, en el Consejo de Administración de CECOSAM.
D. Carlos Ordóñez Castro, en el Consejo de Administración de SADECO.
Tercero. De conformidad con los principios de buen gobierno reflejados en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, a todos los miembros de los Consejos de Administración y Consejos Rectores de los Organismos Autónomos y Empresas Municipales, se les aplicarán las causas sobre incompatibilidades, prohibiciones para contratar y demás limitaciones contempladas en la normativa de prevención de conflictos de intereses, así como la regulación de los deberes de abstención y causas de recusación, establecidas en el ordenamiento jurídico para los concejales.
Cuarto. Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Portal de la Transparencia del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba.
Córdoba, 30 de enero de 2017. La Alcaldesa, M. Isabel Ambrosio Palos.